FOMENTO MODIFICARÁ LA LEY PARA SANCIONAR MÁS POR "OVERBOOKING"
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La ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, avanzó hoy en el Senado que su departamento prevé modificar la Ley de Seguridad Aérea para poder sancionar a las compañías que incumplan el Reglamento de la Unión Europea que regula las compensaciones y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o retraso de los vuelos, principalmente por "overbooking".
En la sesión de control al Gobierno celebrada esta mañana en la Cámara Alta, la ministra de Fomento precisó al senador de Coalición Canaria José Mendoza que "con la actual ley, aprobada por el Partido Popular, no tenemos la cobertura adecuada para sancionar, y ya le avanzo que vamos a proponer una modificación del articulado de esa ley para que el proceso de presentación de reclamaciones y posterior investigación termine en una respuesta adecuada si la denuncia del viajero es sancionable por parte de la Administración".
La ministra de Fomento reveló al senador que, desde que entró en vigor la normativa comunitaria, se han presentado ante la Dirección General de Aviación Civil un total de 478 preguntas escritas, de las cuales 359 corresponden a quejas de los usuarios.
Hasta ahora, según dijo la ministra, "sólo se han respondido 38, mientras que 119 están en el periodo de análisis de la propia reclamación".
El senador de Coalición Canaria pidió a la representante del Gobierno "que cumpla el reglamento comunitario y atienda convenientemente las quejas planteadas por los usuarios afectados por cancelaciones o retrasos de vuelos".
El Reglamento (CE) Nº 261/2004 por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o retraso de los vuelos, que entró en vigor el pasado día 17 de febrero de 2005, indica en su artículo 16 que "cada Estado miembro designará un organismo correspondiente del cumplimiento del presente Reglamento en lo que concierne a los vuelos situados en su territorio y a los vuelos procedentes de un país tercero y con destino a dichos aeropuertos".
Asimismo, señala que "cuando proceda, este organismo adoptará las medidas necesarias para garantizar el respeto de los derechos de los pasajeros" y, además, que "los Estados miembros notificarán a la Comisión el organismo que hayan designado con arreglo al presente apartado".
(SERVIMEDIA)
01 Jun 2005
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