FOMENTO FIJA LOS REQUISITOS MINIMOS DE CALIDAD EN EL SERVICIO TELEFONICO

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Fomento ha fijado la norma que regula la obligación de calidad en la prestación del servicio telefónico fijo y que establece los requisitos mínimos cualitativos que los operadores telefónicos deberán garantizar a sus usuarios, según informó hoy el departamento que dirige Rafael Arias Slgado.

Los consumidores tendrán, de este modo, las garantías de que el suministro de la conexión que contraten no exceda un plazo determinado, y de que la reparación de una avería se produce rápidamente o de que no haya una demora excesiva en el establecimiento de una llamada.

En este sentido, el Consejo Asesor de las Telecomunicaciones estudió hoy esta norma, con el fin de presentar las observaciones pertinentes, antes de su posterior aprobación. Este Consejo Asesor agrupa a representantes de toos los agentes que intervienen en este sector: administración estatal y autonómica, operadores, fabricantes de equipos, consumidores y usuarios, sindicatos, etc.

Según el proyecto normativo, los operadores dominantes del servicio telefónico disponible al público deberán cumplir una serie de objetivos mínimos de calidad del servicio en el ámbito geográfico.

Los requisitos incluyen consideraciones como que el tiempo medio de suministro de la conexión inicial será inferior a 8 días laborables, la prporción de averías por línea de acceso deberá ser menor del 6% al trimestre y su reparación tendrá una duración inferior a quince días.

Igualmente, la proporción de llamadas fallidas deberá de ser inferior al 1% en las nacionales, al 1,5% en las internacionales intracomunitarias y menos del 2% en las internacionales extracomunitarias.

Además, el porcentaje de llamadas a los servicios de operadora y de consulta de guías atendidas en menos de 20 segundos deberá ser superior al 90%, y el 95% de los eléfonos públicos de pago en la vía pública deberán funcionar correctamente.

CONTROL Y VERIFICACION

El resto de operadores del servicio telefónico fijo deberán garantizar también unos objetivos mínimos de calidad en relación a la proporción de llamadas fallidas, las demoras en el establecimiento de llamadas o la tasa de reclamaciones sobre facturación.

En este caso, serán los propios operadores los que fijen anualmente los objetivos de calidad, que, una vez comunicados a la Secretaría General d Comunicaciones, serán vinculantes.

Asimismo, los operadores estarán obligados a implantar un sistema de medida y seguimiento de los niveles reales de calidad de servicio, que se auditará anualmente.

Fomento prevé también establecer las condiciones de calidad del servicio de telefonía móvil prestado a través de redes terrenales y de los servicios de acceso a información.

PROGRAMACION TELEVISIVA

La Comisión Permanente del Consejo Asesor de Telecomunicaciones estudió hoy un proyecto de reglaento por el que se regula el derecho de los usuarios del servicio de televisión a ser informados gratuitamente y con la suficiente antelación de la programación que se emita.

Esta norma desarrolla uno de los aspectos más importantes incorporados en la reciente Ley 22/1999, aprobada el pasado 7 de junio, que modifica la denominada Ley de Televisión sin Fronteras.

Por otra parte, se hace distinción entre los anuncios de los propios programas y la autopromoción, ya que los primeros no tienen consideación de publicidad, que sí tendrán los espacios dedicados a promocionar la propia marca o los servicios del operador de televisión.

(SERVIMEDIA)
29 Jun 1999
A