LA FISCALIA APOYA A LIAÑO Y SOSTIENE QUE DEL AUTO E PROCESAMIENTO NO SE DESPRENDEN INDICIOS DE CRIMINALIDAD
- Rechaza las tres supuestas actuaciones prevaricadoras del juez en la instrucción del "caso Sogecable"
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La Fiscalía General del Estado ha mostrado su apoyo al juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño y ha rechazado cada una de las razones por las que el Tribunal Supremo decidió procesar a este magistrado, al que acusó de tres delitos de prevaricación por la instrucción del "caso Sogecable".
Un informe firmado por el fiscal José María Luzón subraya que "interesa que se tenga por apoyado el recurso interpuesto por Javier Gómez de Liaño", y considera que del auto del procesamiento dictado por el Supremo contra el juez, no se desprenden "indicios racionales" de criminalidad.
La Fiscalía, de acuerdo con la línea que venía manteniendo en este procedimiento -siempre en apoyo del magistrado supuestamente prevaricador-, rebate uno a uno los argumentos por los que el Supremo procesa a Liaño, en rlación con las tres actuaciones supuestamente prevaricadoras: decretar secreto sumarial, fijar una elevada fianza para el presidente del Grupo Prisa, Jesús de Polanco, y otros consejeros de la empresa, y prohibirles abandonar España.
Sobre la decisión de Liaño de decretar en dos ocasiones el secreto de sumario en el "caso Sogecable", el informe del fiscal asegura que se trata de una facultad del juez, tal y como recoge el artículo 302.22 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Añade que se trató de una ctuación ajustada a la ley mercantil, que confiere la confidencialidad a la contabilidad de las empresas.
Sobre la primera decisión de decretar el secreto sumarial (27-2-1997), el fiscal entiende que no fue una medida "innecesaria y desproporcionada", como la calificó el Supremo, mientras que en el segundo secreto sumarial (15-5-1997), el ministerio público considera que no aparecen acciones de Liaño que puedan calificarse de injustas o manifiestamente injustas, a pesar de ir en contra de una orden dela Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
NO HAY INJUSTICIA CONTRA POLANCO
Respecto a la decisión de Liaño de decretar la obligación de Jesús de Polanco de pedir permiso al juez para salir de España, el fiscal considera que esta decisión no es una injusticia ni vulnera las normas, y además cita jurisprudencia del Tribunal Supremo en este sentido.
Sobre la última actuación supuestamente prevaricadora de Liaño, fijar una fianza de 200 millones a Polanco para evitar la prisión, el fiscal consiera que en el análisis efectuado por Gómez de Liaño se encontraron circunstancias para adoptar esta medida.
El fiscal insiste en que, en este sentido, no sería posible rechazar con suficiente fundamento que no concurrían en Polanco los requisitos para que se aplique el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, relativo a la existencia de delitos en los que podría haber incurrido el querellado.
(SERVIMEDIA)
26 Jun 1998
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