FISCALES. LA APM, PARTIDARIA DE QUE LOS FISCALES SEAN INSTRUCTORES
- Para ello, considera indispensable reformar el sistema de nombramiento del fiscal general del Estado
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El portavoz en funciones de la sociación Profesional de la Magistratura (APM), José Luis Requero, se mostró hoy partidario de que la función instructora de los procesos penales sea atribuida al fiscal, siempre y cuando el fiscal general del Estado dejase de ser nombrado por el Gobierno, ya que eso garantizaría la completa independencia de sus actuaciones.
Requero explicó a Servimedia que al ser nombrado el fiscal general por el Gobierno, la instrucción sumarial dependería en última instancia de criterios políticos.
En este senido, agregó que la diferencia entre un juez instructor y un fiscal instructor es que el primero no tiene a nadie por encima de él, mientras que el segundo depende de un fiscal jefe, que a su vez ha de atenerse a las instrucciones del fiscal General del Estado, que se debe al Gobierno que le ha nombrado.
Una vez resuelta la dependencia política del fiscal general del Estado, Requero señaló que atribuir la función instructora al fiscal permitiría al juez dedicarse plenamente a su función jurisdiccional,que se resume en "juzgar y ejecutar lo juzgado".
Por ello, Requero se mostró partidario de que jueces y fiscales formasen parte de un único cuerpo divido en dos magistraturas, una de investigación, que correspondería al fiscal, y otra de resolución, de la que se encargaría el juez.
(SERVIMEDIA)
22 Abr 1997
VBR