LAS FINANCIERAS DEL AUTOMOVIL PIDEN AUTORIZACION PARA MANTENER SU REGISTRO DECLIENTES MOROSOS
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La Asociación Nacional de Entidades de Financiación (ASNEF), que agrupa a empresas especializadas en financiar la compra de automóviles principalmente, ha solicitado autorización a la Dirección General de Defensa de la Competencia para mantener en funcionamiento su registro de clientes morosos, que funciona desde hace años.
La solicitud ha sido admitida a trámite por la citada dirección general, que ha abierto un periodo de información pública para rcibir alegaciones a favor o en contra de la autorización, según fuentes de este organismo del Ministerio de Economía.
De la autorización pedida por ASNEF también se beneficiarían la Asociación Española de Leasing (ALE) y la Asociación Española de Factoring (EAF), dos modalidades de financiación en clara expansión durante los últimos años.
ASNEF, según fuentes de la asociación consultadas por Servimedia, tiene un índice de morosidad próximo al 6 por ciento, con un volumen total de impagados, dudoss y morosos acumulado de 56.595 millones.
Las empresas de ASNEF otorgan financiación, mediante el pago aplazado con intereses, para la compra de de coches, viviendas, bienes de equipo y productos de consumo duradero, como electrodomésticos, entre otras cosas.
El volumen de negocio de ASNEF ascendió en 1991 a 776.207 millones de pesetas, de los que 494.695 millones correspondieron a la financiación de la compra de automóviles, 136.331 millones a bienes de consumo duradero, 36.429 millones a vivienas e inmuebles, y el resto a otros fines.
Las principales empresas del sector fueron el año pasado Finamersa, con un volumen de operaciones de 102.311 millones; Fiseat, con 83.017 millones; y Renault Financiaciones, con 80.611 millones.
El año 91 no fue un buen ejercicio para estas empresas. Su número descendió de 141 a 133 y su volumen de negocio disminuyó un 1,19 por ciento, afectando incluso a las tres empresas líderes señaladas. Este fue el segundo descenso consecutivo, tras el máximo de 827.63 millones alcanzado en 1989.
El capítulo más importante de su negocio, el de financiación de la compra de automóviles, ascendió a 494.695 millones de pesetas, un 7,57 por ciento menos que en 1990. Por contra, aumentó la destinada a la compra de bienes de consumo duradero, que se situaron en 136.331 millones, con un incremento del 16,16 por cien.
LA DOCTRINA ESTABLECIDA
La solicitud de ASNEF se produce cuando todavía está pendiente de resolución la denuncia presentada por la Asociación de Usuaios de Servicios Bancarios (Ausbanc) contra el Registro de Aceptaciones Impagadas del Consejo Superior Bancario.
Ambos expedientes terminarán finalmente siendo enjuiciado por el Tribunal de Defensa de la Competencia, que es el facultado, tras la investigación realizada por la dirección general del mismo nombre para resolver su autorización o desaprobación.
En el último caso juzgado, a finales del año pasado, el tribunal autorizó la cración de un Servicio Central de Información Cinematográfica de mpagados (CICI), promovido por la Federación de Distribuidores Cinematográficos (Fedecine).
En esa ocasión, el tribunal estableció que los registros de morosos no van contra la ley si no sirven de base para acciones concertadas contra los consumidores y sus beneficiarios participan en ellos voluntariamente.
También señaló que los registros de morosos son instituciones que, si se limitan a un intercambio de información entre empresas de un mismo sector, cumplen "una lícita función de clarificacióny saneamiento del tráfico mercantil".
No obstante, el tribunal recalcó la necesidad de "extremar las precauciones" para que no se produzcan desviaciones o efectos restrictivos de la competencia en el funcionamiento de este registro de morosos. Con ese fin, limitó la autorización solicitada a dos años, aunque prorrogables a petición de los interesados.
Asimismo, el tribunal recalcó que "el objetivo de un aumento de la transparencia en este mercado, en lo que atañe a las situaciones de morosidad, e aceptable y puede contribuir a su eficaz funcionamiento, especialmente en favor de las empresas de pequeña y mediana dimensión".
Este criterio no fue compartido por algunas de las organizaciones de consumidores consultadas durante la tramitación del expediente, como la Unión de Consumidores de España y la Unión cívica Nacional de Amas de Hogar de España.
Ambas alegaron que los registros de morosos no pueden acogerse a las excepciones previstas en la Ley de Defensa de la Competencia, en virtud dede las cuales se pueden permitir conductas contrarias al libre mercado cuando beneficien a la economía nacional en su conjunto, al desarrollo tecnológico o a las consumidores.
(SERVIMEDIA)
27 Mayo 1992
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