FILESA. EL SUPREMO DENIEGA LA AMPIACION DEL SUPLICATORIO DE SALA PORQUE ESTE YA INCLUYE EL DELITO DE ASOCIACION ILICITA

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha denegado la petición del juez Marino Barbero de tramitar la ampliación del suplicatorio concedido contra el senador socialista Josep María Sala en 1993 por el 'caso Files', por entender que esa autorización anterior "cubre las distintas posiblidades de tipificación jurídico-penal" siempre que los hechos permanezcan inalterados, como ocurre en este caso.

Barbero pidió al tribunal que ampliase el suplicatorio de Sala para imputarle ahora un delito de asociación ilícita, por considerar que el senador fundó el 'holding' Filesa con el fin de financiar irregularmente al PSOE.

Para el tribunal, "tiene razón" Barbero cuando, en el informe que elevó la pasada semana pidiedo la ampliación, entendía que, "dados los términos amplios" en que el suplicatorio fue concedido por el Senado en septiembre de 1993, "no parece necesaria una nueva petición", aunque la formuló por cautela para que fuese la sala quien decidiese.

El tribunal recuerda que en el auto por el que la sala concedió el suplicatorio del senador se hacía referencia a "la provisional o indiciaria existencia de la creación de un 'holding' conducente a la financiación de un partido político de ámbito nacional medante comportamientos valuables como delitos a los que hacen referencia las querellas (falsedad, delito fiscal y eventualmente otros)"

Por ello, en su opinión, "se dejaba abierta la posiblidad de que las personas aforadas, entonces querelladas, hubiesen podido cometer otros delitos distintos a los expresamente recogidos por la querella".

Así, dice que tan sólo la aparición de nuevos hechos harían necesaria una nueva petición de suplicatorio, lo que no ocurre, ya que "en este caso todos los hechos parecían, de una u otra manera, descritos en la querella", por lo que "no hay novedades, por lo menos no las hay importantes".

"La asociación ilegal, a la que se refiere ahora el instructor, no supne la presencia de nuevos hechos, sino simplemente la proyección, a su juicio, de esas plurales conductas destinadas a esa financiación irregular, en relación a una organización estructurada, más allá de la comisión de unos hechos delictivos concretos", agrega.

(SERVIMEDIA)
01 Mar 1995
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