Consumo

Facua denuncia al Santander Music y exige el reembolso “proporcional a las actuaciones canceladas”

MADRID
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a la empresa promotora y organizadora del festival Santander Music, Santander Live Producciones SLU, que tuvo lugar el 4 y 5 de agosto en Santander, por no “compensar” la cancelación de “varias” actuaciones, “limitar” el acceso con comida y bebida adquirida en el exterior y “obviar” esta cláusula en las condiciones generales de acceso al evento, informando de ella a través de redes sociales.

Así lo anunció este lunes la organización en un comunicado en el que exigió a la promotora que devuelva “automáticamente” el importe “proporcional” a las actuaciones de los grupos musicales que, “aunque anunciadas en principio, no llegaron a actuar durante el festival”.

Al mismo tiempo, instó a las autoridades a que abran expediente sancionador y multe a la organización “si se acredita la vulneración de los derechos de los consumidores”.

En su escrito, dirigido al Servicio de Juego y Espectáculos de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa del Gobierno de Cantabria, la asociación recordó que la empresa denunciada informó a través de redes sociales el mismo día 5 de agosto que “varios” de los grupos musicales que tenían previsto participar en el festival “finalmente no iban a actuar”.

Tras puntualizar que, según las condiciones generales del festival, en caso de “modificación sustancial” del evento, la organización se comprometía a la devolución del importe correspondiente “por la modificación de esta entrada", Facua subrayó que el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, dispone entre los derechos del público general que el espectáculo o la actividad “se desarrolle en su integridad y en la forma y condiciones con que haya sido anunciado".

También a "obtener la devolución del importe de las localidades adquiridas, caso de no hallarse conforme con la variación del espectáculo o actividad o de sus condiciones o requisitos, dispuesta por la empresa, salvo que hubiese ya comenzado y la variación obedeciese a causas de fuerza mayor".

La misma legislación considera entre las infracciones “graves” la suspensión del espectáculo público o actividad recreativa anunciados, “sin causa justificada o la modificación sustancial no autorizada del contenido de los mismos".

CLÁUSULAS ABUSIVAS

En paralelo, Facua recibió “quejas” de asistentes a los que se les “limitó” el acceso con bebidas y comidas del exterior en el recinto donde se llevó a cabo el festival e informó de que dicha restricción “no aparecía en las condiciones generales sobre el acceso al evento, sino que la anunciaron en redes sociales”,

La asociación entiende que esta prohibición supone una “vulneración” del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que, a su entender, establece “con claridad” que se considerarán cláusulas abusivas “todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".

En este contexto, instó al Gobierno de Cantabria a multar a la promotora del evento por “imponer” también “cláusulas abusivas” como “limitar” el acceso con comida y bebida del exterior.

(SERVIMEDIA)
18 Sep 2023
MJR/gja