EXTRANJERIA. LA REFORMA DE LA LEY LIMITA DERECHOS DE LOS INMIGRANTES IRREGULARES Y PERMITE SU EXPULSION EN 48 HORAS

MADRID
SERVIMEDIA

La reforma de la Ley de Extranjería promovida a iniciativa del Gobierno y aprobada definitivamente hoy en el pleno del Senado restringe derechos fundamenales a los extranjeros irregulares, endurece las condiciones para obtener la residencia temporal y permite la expulsión de España en 48 horas a los "sin papeles".

Así, los artículos 7, 8 y 11 de la vigente Ley de Extranjería 4/2000 reconoce el ejercicio de los derechos de reunión, asociación, manifestación, sindicación y huelga a los extranjeros que se encuentran en España, sin necesidad de autorización administrativa previa.

Por contra, la reforma aprobada hoy, aunque reconoce estos derechos a tdos los extranjeros, limita su ejercicio a aquéllos que obtengan un permiso de estancia o residencia en nuestro país.

Otra cuestión que endurece el Ejecutivo en esta iniciativa es el tiempo necesario para acceder a la residencia permanente. Mientras con la ley 4/2000 los extranjeros podrían acceder a la residencia temporal acreditando dos años de estancia en España, con la reforma los años de estancia temporal se incrementan a cinco.

En cuanto a la expulsión de extranjeros, el texto aprobado hoy ermite la expulsión en 48 horas de los inmigrantes que esten situación administrativa ilegal, una cuestión que no recoge la vigente ley.

Asimismo, la reforma limita el derecho de reagrupación familiar a cónyuge, hijos y padres del extranjero residente. El reglamento de esta ley contemplará la posibilidad de ampliar el reagrupación de otros familiares.

Por contra, las modificaciones aprobadas que contaron con el respaldo de la mayoría de grupos parlamentarios son el derecho de educación de 0 a 6 aos para los hijos de los inmigrantes irregulares, que ven reconocido este derecho en el artículo 7.2 de la LOGSE; la no devolución de extranjeras irregulares embarazadas y la motivación de visados en los casos de reagrupación familiar, trabajador por cuenta ajena y los relacionados con el convenio de Schengen.

Asimismo, destaca de la reforma la disposición transitoria cuarta, por la que el Gobierno, mediante Real Decreto, establecerá los requisitos que permitan regularizar a aquellos inmigrantes que feron excluidos del último proceso de regularización por no cumplir el requisito de encontrarse en España antes del 1 de junio de 1999.

Otros aspectos del documento aprobado hoy son la creación de comisiones bilaterales Estado-comunidades autónomas, para tratar aspectos relacionados con la inmigración, con especial atención a la Comunidad Autónoma Canaria.

Finalmente, la reforma endurece el régimen sancionador para los empresarios que contraten a inmigrantes irregulares, cuestión que tipifica comosanción muy grave. Las sanciones serán impuestas por cada uno de los trabajadores "sin papeles" ocupados y las multas ascienden de uno diez millones de pesetas. Además, la Administración podrá cerrar la empresa por un máximo de cinco años.

(SERVIMEDIA)
14 Dic 2000
J