ETA. EL SUPREMO RECHAZA LA QUERELLA DEL PRESUNTO ETARRA IRAGI CONTRA EL JUEZ GUILLERMO RUIZ POLANCO
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado la querella presentada por Harriet Iragi, presunto miembro del "comando Andalucía" de ETA, contra el titular del Juzgado Central de Istrucción número 1 de la Audiencia Nacional, Guillermo Ruiz Polanco, a quien acusaba de amenazas, prevaricación y obstrucción al derecho de defensa.
En un auto hecho público hoy, los magistrados del Supremo consideran que el Alto Tribunal es competente para investigar los hechos denunciados por Iragi, pero rechaza seguir adelante con el caso, por estimar que no son constitutivos de delito.
Los hechos denunciados se produjeron después de que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 d la Audiencia Nacional, Guillermo Ruiz Polanco, comunicase a Iragi su procesamiento por su supuesta implicación en el atentado que costó la vida de José María Martín Carpena, concejal del PP en Málaga, el 15 de julio de 2000.
Además, el episodio se produjo horas después del funeral celebrado a pocos metros de la Audiencia Nacional, en el Tribunal Supremo, por el magistrado de la Sala de lo Militar del Alto Tribunal y su chófer, asesinados un día antes en un atentado, en el que también murió el escoltadel juez.
Al terminar la comparecencia y antes de salir por la puerta, Iragi advirtió al juez Ruiz Polanco de que él iba a ser la próxima víctima de ETA y que se lo contara a los compañeros del magistrado en el funeral que se celebra esta tarde en Granada por el fallecimiento de una de las tres personas asesinadas ayer por ETA.
Al tener conocimiento de la amenaza, Ruiz Polanco, quien no había escuchado las palabras de Iragi, ordenó que lo trasladaran de nuevo a su despacho. Allí, el presunto miemro del "comando Andalucía" preguntó entonces al juez si era "consciente de la responsabilidad que tiene en el conflicto vasco", tras lo cual el magistrado quiso saber si era verdad que le había amenazado minutos antes. "Usted es objetivo de ETA y eso es una constatación de la realidad", dijo.
Ante estas palabras, Ruiz Polanco respondió a Iragi que, si no fuera porque él es juez y porque el procesado se encontraba esposado y con un brazo herido, "le pegaba dos hostias". Estos hechos, en los que no estuo presente la abogada del presunto etarra, fueron recogidos en lo que el magistrado llamó una "diligencia de constancia".
NO HAY DELITO
Para los magistrados, los hechos denunciados "carecen indudablemente de entidad delictiva, sin que ello quiera decir que sean corectos y jurídicamente irreporchables, pero en todo caso deberán ser valorados al margen del campo estrictamente penal".
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera que las palabras de Ruiz Polanco no constituyen "realmente ningna expresión dicha con ánimo de atemorizar al querellado y privarle de la tranquilidad y sosiego a que, en principio, tiene derecho todo ciudadano".
"Es más, ni siquiera constituye un anuncio de posible conducta futura, pues alude al mismo momento de pronunciarse la frase, haciéndolo además con referencia a una doble condición inexistente: que el detenido no tuviera puestas las esposas y que el magistrado fuera un cuidadano más".
Asimismo, la Sala de lo Penal sostiene que el hecho de que no estuvese presente la abogada conlleva que lo manifestado por el reo en ese momento no tendrá relevancia en la correspondiente causa penal. Además, los magistrados señalan que, tras levantar la denominada "diligencia de constancia", el juez Ruiz Polanco tomó declaración a Iragi con la asistencia de su letrada.
EXPEDIENTE DISCIPLINARIO
Ahora, tras el fallo del Tribunal Supremo, la Sala de Gobieron de la Audiencia Nacional deberá decidir si sanciona o no a Ruiz Polanco por haberle dicho a Iragi que si no fura por respeto a su toga le daría "dos hostias".
La Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional le abrió un expediente disciplinario a Ruiz Polanco el pasado 13 de noviembre, pero las actuaciones quedaron en suspenso cuando Iragi presentó la querella ante el Tribunal Supremo.
La Sala de Gobierno encargó a la presidenta de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, María Asunción Salvo, que investigase si los hechos eran constitutivos de una falta discipinaria leve, sancionada con una multa o con una amonestación.
(SERVIMEDIA)
22 Feb 2001
VBR