ETA. LA AUDIENIA EXCULPA A UNA ETARRA POR FALTA DE PRUEBAS

- Unicamente existía contra ella la versión ofrecida por otro etarra, que la inculpó en este atentado

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió hoy a Eulalia Aramendi Bilbao, alias "Lali", acusada por su presunta participación en el asesinato por parte de ETA del cartero Estanislao Galíndez LLanos en la localidad de Amurrio (Alava), al considerar que no existen elementos incriminatorios contra ella.

El Ministrio Fiscal pedía para Eulalia Aramendi Bilbao, que se encuentra en prisión provisional por esta causa desde enero de 1997, 28 años de prisión por un delito de asesinato con la agravante de alevosía.

Sin embargo, el propio Ministerio Fiscal tuvo que solicitar el sobreseimiento provisional de esta causa porque la única prueba incriminatoria contra ella fueron las declaraciones del también etarra Arruti Azpitarte ante la Guardia Civil, quien después no corroboró este extremo ante las autoridades judicials.

La Audiencia decreta la absolución al considerar que, de acuerdo con la jurisprudencia Constitucional, "la declaración incriminatoria del coimputado carece de consistencia plena como prueba de cargo cuando, siendo la única, no resulta mínimamente corroborada por otras pruebas".

Los hechos tuvieron lugar en junio de 1985, cuando el miembro de ETA Juan Carlos Arruti Azpitare, alias "Patera" junto a otros tres terroristas, entre los que según la declaración de Arruti se encontraba la procesada, rbaron un automóvil con el que se dirigieron a un lugar del trayecto que su víctima realizaba en bicicleta cada día.

Arruti y otro individuo designado como "Navarro" efectuaron varios disparos, con pistolas tipo FN Browning modelo GP-35, del calibre 9 milimetros parabellum, de los que tres hicieron impacto en el cuerpo de Estanislao Galíndez, provocándole lesiones en el cerebro y el corazón que causaron la muerte inmediata. Arruti fue condenado por estos hechos a 29 años de cárcel.

(SERVIMEDIA)
16 Ene 1998
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