ETA. LA AUDIENCIA NACIONAL JUZGA HOY A URRUSOLO SISTIAGA POR EL SECUESTRO DEL EMPRESARIO DIEGO PRADO Y COLON DE CARVAJAL
- Tuvo lugar en Madrid el 25 de marzo de 1983
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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional juzga hoy a José Luis Urrusolo Sistiaga, alias "Joseba" y "Langile", por su presunta participación en el secuestro del empresario Diego Prado y Colón de Carvajal, ocurrido el 25 de marzo de 1983.
Según el scrito de conclusiones provisionales, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, pide para Urrusolo Sistiaga 15 años de prisión por detención ilegal, delito por el que las autoridades francesas concedieron su extradición.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional considera probado que José Luis Urrusolo Sistiaga participó en el secuestro junto con Ignacio Arakama Mendía, Belén González Peñalva, José Angel Urtiaga Martínez y Juan María Tapia Irujo.
Mientras Tapia y Urtiaga entreteníanal portero, haciéndole creer que eran policías, Urrusolo Sistiaga, Arakama Mendía y González Peñalva siguieron en un vehículo a Diego Prado y Colón de Carvajal hasta el garaje de su casa, donde le abordaron al tiempo que le indicaban que eran agentes policiales.
Ante la resistencia del empresario, Urrusolo Sistiaga y sus dos compañeros forzaron a Prado y Colón de Carvajal, pistola en mano, a introducirse en el maletero del coche que habían llevado para el secuestro. Además, le pusieron un esparadrapo n la boca y le inyectaron un somnífero.
Según el fiscal, Prado y Colón de Carvajal permaneció encerrado bajo la vigilancia de los terroristas, hasta conseguir la organización una suma por su rescate próxima a los 600 millones de pesetas, tras lo cual fue puesto en libertad en junio de ese mismo año, "en estado físico y psíquico muy quebrantado por el largo encierro".
El fiscal considera que los hechos descritos constituyen un delito de detención ilegal, agravado por la exigencia de rescate y por a simulación de funciones públicas. Por esta razón, solicita 15 años de prisión para Urrusolo Sistiaga, a quien no puede acusar de depósito de armas porque la extradición de "Joseba" sólo se concedió por el secuestro.
Además, exige que Urrusolo Sistiaga indemnice a Prado y Colón de Carvajal para compensar "el conjunto de daños físicos y morales padecidos durante el secuestro".
(SERVIMEDIA)
13 Ene 2003
VBR