ETA. LA AUDIENCIA CONDENA A UN ETARRA QUE EXIGIO A UNOS VECINOS QUE ECHARAN DEL BLOQUE AL CONCEJAL DEL PP

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a cinco años de prisión a Jon Crespo Ortega, quien, en una carta, llamó "engenro de Franco" a un concejal del Partido Popular (PP) en Galdácano (Vizcaya) y exigió a los vecinos que le echaran del edificio en el que vivía, porque se podía producir además un atentado contra el edil.

Se trata de Jon Crespo Ortega, a quien los magistrados de la Audiencia Nacional consideran responsable de un delito de amenazas terroristas y le obligan a indeminzar a la víctima con 30.000 euros.

Los magistrados consideran probado que Jon Crespo Ortega desde 1996 y hasta su detención en el año 202, Jon Crespo Ortega participaba en actos de violencia callejera.

En marzo de 2000, Jon Crespo, junto con otras personas no identificadas, decidió amedrentar a Ricardo Gutiérrez, concejal del PP en Galdácano, enviando una carta a los vecinos del edil.

En la misiva, calificaban a Gutiérrez de "deporable concejal que es responsable directo de que a Euskal Herría le sea negada la palabra", entre otras cosas.

Asimismo, agregaban que "por esto y mucho más, este engendro de Franco está condenadoser expulsado" del País Vasco y exigían a los vecinos que le expulsasen del edificio por ser una persona de "actitudes hitlerianas".

Según la sentencia , Jos Crespo y sus compañeros imprimieron la carta en un ordenador que Herri Batasuna tenía en un local de Galdácano y la introdujeron, el 17 de marzo de 2000, en todos los buzones del bloque en el que vivía la víctima.

En la misiva se advertía a los vecinos que se atuvieran a las consecuencias si no expulsaban al citado concejal, ya que se podíaproducir un atentado contra él.

"A causa de estos hechos, el citado concejal perdió su puesto de trabajo en Bilbao, se vió obligado a cambiar de domicilio y trasladó su residencia a otra comunidad autónoma", explican los magistrados.

Los magistrados condenan a Crespo, pero absuelven a las otras dos personas que se encontraban acusadas en este caso, Andoni Beroiz y Xabier Arriluzea, por considerar que no se ha probado que participaran en los hechos.

(SERVIMEDIA)
21 Abr 2004
VBR