EL ESTATUTO DEL AUTÓNOMO PERMITIRÁ CONTRATAR A FAMILIARES Y DARÁ COBERTURA POR LOS ACCIDENTES "IN ITÍNERE"
- Habrá modificaciones en el trámite parlamentario del proyecto de ley, asegura Lorenzo Amor, presidente de ATA
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El Estatuto del Trabajo Autónomo permitirá al colectivo contratar a los familiares que residan en el hogar y ofrecerá cobertura social para los accidentes de trabajo "in itínere", según indicó el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, en una entrevista concedida a Servimedia.
Amor explicó que, de las conversaciones mantenidas con el Gobierno y con los grupos parlamentarios, se puede augurar que durante el trámite parlamentario se introducirán mejoras en ambos sentidos.
En materia de contratación de familiares, Amor ve "injusto" que ahora no se permita esa posibilidad y que un hijo de un autónomo que se vaya a incorporar al negocio haya de darse de alta como emprendedor, y no pueda ser contratado ni acogerse a las ayudas que dan el Ministerio de Trabajo o las comunidades autónomas a la contratación.
Esto cambiará tras el trámite parlamentario del Estatuto del Trabajo Autónomo, cuyo proyecto de ley aprobará el Gobierno antes de fin de año.
Con el Estatuto en vigor, el autónomo podrá elegir si su hijo se da de alta como otro emprendedor o si lo contrata como asalariado. En el segundo caso, eso sí, no podrá beneficiarse de la protección por desempleo, con el fin de evitar que se produzcan casos de fraude.
Por otro lado, los autónomos ahora no tienen ningún tipo de protección en caso de sufrir un accidente laboral "in itínere", señaló Amor, pero la situación cambiará con el Estatuto para dos colectivos, una vez se modifique la ley en el Parlamento.
Se trata de aquellos que por el propio Estatuto se ven obligados a cotizar por contingencias profesionales al trabajar en actividades de especial riesgo y de los más de 325.000 autónomos dependientes económicamente de una empresa.
OTRAS DISCRIMINACIONES
No obstante, pese a esos avances, el presidente de ATA lamenta que persistan algunas "discriminaciones" para el colectivo de autónomos.
Entre ellas, la que sufren las mujeres autónomas tras ser madres, ya que las asalariadas, cuando vuelven al trabajo tras la maternidad, generan una bonificación del 100% de la cuota social del empresario. Sin embargo, la autónoma que acaba de ser madre y vuelve a su actividad debe seguir pagando su cuota a la Seguridad Social.
Por otro lado, lo que sucede en materia de jubilación anticipada. El Estatuto del Autónomo abre la puerta a esta cuestión para los emprendedores que trabajan en determinadas profesiones de riesgo, "pero pensamos que se debe ir más allá", sostuvo Amor.
Admitió que, fruto de su baja cotización, muchos autónomos no llegan a la pensión mínima si se retiran a los 60 años y se aplican los coeficientes reductores, de entre un 30% y un 40% para los asalariados.
Sin embargo, reclamó que sí puedan beneficiarse de la jubilación anticipada, como hacen los asalariados, quienes accederían a una pensión más alta que la mínima y no provocarían costes para la Seguridad Social ni para Hacienda, al no percibir los denominados complementos a mínimos.
De este modo, se igualará en derechos a autónomos y asalariados, y además, se fomentará la cultura de la cotización entre los autónomos, al primar a los que aportan más a la Seguridad Social.
"No se puede aceptar que haya ciudadanos de primera y de segunda", sostuvo Amor, quien pidió, además, que se permita a los autónomos cotizar a tiempo parcial.
(SERVIMEDIA)
01 Nov 2006
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