NAVARRA

EL ESTADO RECURRE AL TC DOS ARTÍCULOS DE LA LEY FORAL DEL PATRIMONIO

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy plantear un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 15 y 16 de la Ley Foral del Patrimonio de Navarra, de 2007.

Estado y Comunidad Foral había inciado negociaciones para resolver las discrepancias competenciales al amparo de lo previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, pero finalmente no se obtuvieron resultados satisfactorios, según informó hoy el Gobierno español.

La nueva regulación contenida en la Ley Foral citada sigue las líneas de una Ley Foral de 1985, aunque en sus artículos 15 y 16 establece la pertenencia a la Comunidad Foral de los inmuebles vacantes y de los saldos y depósitos abandonados (por fallecimiento sin herederos o ausencia de titular conocido), lo que supone una "extralimitación competencial" de Navarra porque invade una competencia estatal exclusiva sobre legislación civil, artículo 149.1.8ª de la Constitución Española.

En este sentido se ha pronunciado ya el Tribunal Constitucional en los supuestos en los que otras leyes autonómicas han pretendido atribuirse los mismos bienes y valores.

En consecuencia, el Gobierno español considera que los artículos 15 y 16 de la Ley Foral del Patrimonio de Navarra de 2007, vulneran la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación civil, según la Constitución y la doctrina constitucional.

Entiende así mismo que contravienen los artículos 17 y 18 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas de 2003, en cuanto que atribuyen directamente a la Comunidad Foral los bienes muebles depositados en la Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades o agencias de valores o cualesquiera otras entidades financieras, así como los inmuebles, respecto de los cuales no se haya pactado gestión alguna por los interesados.

(SERVIMEDIA)
18 Ene 2008
L