EL ESTADO NO PODRA REGULAR LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN DE VINOS EN CATALUÑA

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia por la que desautoriza al Estado a dictar normas básicas reguladoras de la denominación de origen de los vinos en la Comunidad Autónoma de Cataluña, ue tiene competencias exclusivas en esta materia.

La sentencia, difundida hoy, considera que las competencias para dictar normas sobre las denominaciones de origen de los vinos es "exclusiva" en Cataluña y no compartida con el Estado.

"El Estado puede, sin duda, dictar normas válidas -con carácter básico o pleno según corresponda- allí donde las Comunidades Autónomas no tengan la competencia exclusiva", pero no puede hacerlo así en Cataluña, que sí las posee, señala el fallo. En este caso, "la inervención del Estado debe ser necesariamente susidiaria".

(SERVIMEDIA)
11 Jul 1995
SGR