Laboral
Los ERTE protegen ya a más de 30.000 trabajadores afectados por la DANA y a 2.882 empresas
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Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de fuerza mayor a consecuencia de la DANA que devastó parte de la provincia de Valencia protegen ya a 30.417 trabajadores y a 2.882 empresas.
Así se desprende de los datos actualizados este miércoles por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, que reflejan una continua tendencia al alza del número de empleados protegidos por este instrumento, implementado en la reforma laboral tras la experiencia de la pandemia de covid-19. No obstante, comienza a ralentizarse el número de solicitudes en comparación con semanas anteriores.
Este martes, el número de trabajadores protegidos era de 29.848 y 2.781 empresas solicitantes.
Las empresas afectadas por la DANA pueden solicitar un ERTE por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) para sus trabajadores y trabajadoras, según recoge el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores. Las medidas que se pueden adoptar son la suspensión temporal del contrato de trabajo o la reducción de la jornada de las personas trabajadoras.
Son las empresas afectadas por la DANA las que deben realizar la solicitud del ERTE y la solicitud colectiva de prestaciones para su plantilla.
Primero deben presentar el ERTE ante la Autoridad Laboral. Después, tienen que presentar una solicitud colectiva para las personas trabajadoras y presentarla ante el SEPE a través de su SEDE Electrónica. El ERTE debe ser aprobado por la Autoridad Laboral. Sin embargo, si en cinco días no han recibido respuesta se considera aprobado por silencio administrativo positivo y podrán presentar la solicitud colectiva de prestaciones ante el SEPE.
Una vez aprobado el ERTE por la Autoridad Laboral o tras cinco días por silencio positivo, las empresas deberán remitir a través de la SEDE Electrónica del SEPE la solicitud colectiva de prestaciones en representación de sus trabajadores, que debe realizarse en plantilla oficial y enviarse a través de un nuevo servicio en la sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es).
También se deben enviar los ficheros de periodos de actividad e inactividad que se remitirán al SEPE si hay algún día/hora de actividad, una vez iniciada esta prestación, así como el calendario mensual para el control de la actividad por la inspección de trabajo.
Los trabajadores afectados por un ERTE derivado por la DANA no tienen que presentar solicitud individual de prestación ante el SEPE, salvo las personas trabajadoras al servicio del hogar, que sí presentarán su solicitud individualmente.
(SERVIMEDIA)
04 Dic 2024
DMM/clc