MADRID

ENTRA EN VIGOR EL DECRETO QUE REGULA LA ACTIVIDAD DE LAS ENTIDADES DE DINERO ELECTRÓNICO

MADRID
SERVIMEDIA

Hoy ha entrado en vigor el decreto que regula el régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico, que serán supervisadas por el Banco de España y actuarán al margen de bancos, cajas y cooperativas de crédito.

La actividad principal de estas empresas es emitir medios de pago en forma de dinero electrónico, como tarjetas inteligentes, para realizar pagos de baja cuantía.

Con esta normativa se amplía el número de entidades que podrán emitir dinero electrónico y, por tanto, según el Gobierno, se favorece la innovación tecnológica y se incrementa la competencia.

Asimismo, esta normativa protege a los consumidores al someter a estas entidades a un régimen de supervisión especial que busca controlar las prácticas u operaciones que incrementen los riesgos de insolvencia o falta de liquidez.

Las entidades de dinero electrónico deberán tener un capital mínimo de un millón de euros y unos fondos propios permanentes iguales o superiores al 2% del saldo de sus pasivos financieros derivados del dinero electrónico emitido en circulación.

También tendrán que realizar una serie de inversiones obligatorias para minimizar riesgos y elevar la liquidez y podrán invertir, siempre que no supere en 20 veces el volumen de fondos propios, en depósitos a la vista de entidades de crédito de determinados países.

Antes de iniciar su actividad, deberán quedar inscritas en un registro especial de entidades de dinero electrónico que se creará en el Banco de España, por lo que serán supervisadas por este organismo.

(SERVIMEDIA)
04 Mar 2008
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