ENSIDESA RECURRE UNA SENTENCIA COMUNITARIAQUE LE SANCIONO CON 558 MILLONES DE PESETAS
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Ensidesa ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo contra el fallo del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas que le impuso una sanción de casi 558 millones de pesetas por haber recibido ayudas estatales ilegales.
Según la compañía española, el tribunal de primera instancia ha estimado de forma incorrecta la decisión adoptada por la Comisión Europea al respecto,ya que esta notificación no se corresponde con la que recibió en su día Ensidesa.
Ensidesa cree que en el dictamen del Tribunal de Primera Instancia -del pasado 11 de marzo- no ha habido una correcta valoración jurídica de los errores de forma cometidos por la Comisión en su primera decisión sancionadora, ratificada posteriormente por el citado tribunal comunitario.
También considera que el tribunal no ha entrado a estudiar si el Ejecutivo europeo respetó los principios fundamentales de forma en a adopción de su decisión, por lo que defiende que existe una falta de correspondencia formal entre la decisión tomada y la que le fue notificada.
Ensidesa señala también en su recurso de casación que el Tribunal ha interpretado el artículo 65 de la CECA como si fuera el 81 del Tratado de la CE, por lo que está cometiendo un error de planteamiento.
El tratado de la CECA, según la empresa española, fija una competencia reglada en un mercado de oligopolio, en el que la escasa competencia permite qu las compañías se adapten conscientemente al juego de sus rivales. Pero la sentencia del Tribunal no se basó en este punto, sino en el artículo 81 del Tratado de la CE, relativo al juego normal de la competencia.
Por otro lado, Ensidesa critica el hecho de que este Tribunal admitiera que la Comisión no estaba obligada a demostrar el efecto negativo de los comportamientos denunciados en su día, lo que produjo un perjuicio grave a la empresa.
Además, añade que el Tribunal desnaturalizó las pruebaslas declaraciones de los testigos, estimando que los funcionarios de la Comisión no podían estar al corriente de que la información sobre los datos de precios era resultado de un acuerdo al que habían llegado las compañías, entre otras informaciones proporcionadas por el Eurofer.
Otra de las quejas del recurso se refiere al período de crisis del sector al que pertenece Ensidesa, algo sobre lo que la Comisión tampoco dio consejos ni orientaciones prácticas que pudieran disipar las dudas de las empresa acerca del citado artículo 65 del Tratado de la CECA.
(SERVIMEDIA)
20 Oct 1999
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