LAS EMPRESAS QUE PRESTAN TRABAJADORES TEMPORALMENTE PIDEN QUE SE LEGALICE ESTA ACTIVIDAD EN NUESTRO PAIS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
En España funcionan unas 250 empresas dedicadas a ofrecer servicios temporales de trabajadores a otras empresas, una actividad prohibida, por lo que algunos empresarios organizados en la Asociación Española de Empresas de Servicio Temporal (GEESTA) quieren que se regularice.
Las denominadas empresas de servicios temporales (EST) proporcionan trabajadors que son contratados siempre por un período determinado, una actividad expresamente descartada por el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores.
Esta normativa establece la prohibición de reclutar y contratar trabajadores "para prestarlos o cederlos temporalmente a un empresario, cualquiera que sean los títulos de dicho tráfico de mano de obra, así como la utilización de dichos trabajadores sin incorporarlos al personal de la empresa en que trabajan".
A pesar de que la Administración ha sancinado a algunas de estas empresas, imponiendo cuantías mínimas de 500.000 pesetas, la realidad es que, según datos de GEESTA, en España hay 23.000 personas que trabajan en las 250 empresas de este tipo, lo que representa un 0,16 por ciento del total de la población activa.
Del total de las empresas de servicios temporales, en GEESTA sólo están integradas 43 que aglutinan a 7.692 trabajadores.
Otro de los argumentos que esgrime esta asociación para pedir su legalización es que entre los clientes delas EST figuran tanto las administraciones públicas como las empresas privadas, que demandan, sobre todo, trabajadores de los sectores administrativos e informática.
Por otro lado, las EST también han sido acusadas de funcionar al margen de la legalidad desde el punto de vista de su organización, ya que al disponer de una lista de trabajadores reclutados para ser ofrecidos a sus clientes se parecen a las oficinas de empleo privadas, también prohibidas en España.
Según manifestó a Servimedia Monserat Marial, vocal de relaciones públicas de GEESTA, "las EST no tienen nada que ver con las oficinas privadas de colocación, tienen una plantilla propia de trabajadores que reclutan como en cualquier otra empresa y contratados por el servicio y tiempo por el que se les requiere, aunque su relación laboral es siempre con la EST".
Marial subrayó que a estos trabajadores les contratan según las diversas modalidades de contratación temporal que permite la legislación española.
GEESTA quiere que la Adinistración, al igual que ocurre en otros países europeos, legalice la situación de esas empresas y puedan garantizarse los derechos de sus trabajadores. Además, argumenta que está comprobado cómo la economía sumergida apenas existe en los países que permiten estas actividades, mientras que ocurre lo contrario en aquellos que las persiguen.
Sin embargo, los sindicatos no comparten esa petición y estiman que la precariedad en el empleo en España está tan extendida entre la población activa que no creennecesario aumentar las 16 modalidades de contratos temporales que la legislación vigente permite, según manifestó a Servimedia la secretaria de Empleo de CCOO, Salce Elvira.
La portavoz de CCOO mencionó que cuando se compara la realidad nacional con la de otros países europeos en los que estas empresas están regularizadas, hay que recordar que nuestro país cuenta con la tasa de contratación temporal más alta de Europa: el 32,3 por ciento de la población activa.
(SERVIMEDIA)
19 Mar 1992
L