LAS EMPRESAS PODRÁN COMPARTIR SUS REGISTROS DE MOROSOS SIN NECESIDAD DE PEDIR PERMISO A COMPETENCIA
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un reglamento que permite a las empresas crear registros de morosidad sin tener que pedir la pertinente autorización al Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC).
En virtud de este reglamento, las empresas que lo deseen podrán crear y realizar intercambios de información sobre los clientes morosos sin tener que avisar previamente al citado organismo.
No obstante, deberán cumplir con las exigencias de la normativa que protege los datos personales de los clientes. Estos registros son el instrumento que permite el intercambio de información sobre morosidad de los clientes entre empresas competidoras en un mismo mercado.
El TDC considera en su doctrina que los registros de morosidad "pueden cumplir una función de saneamiento y clarificación del tráfico mercantil que contribuye a la mejora de la comercialización de bienes y servicios, reducir sustancialmente el coste que la morosidad representa para las empresas".
Asimismo, el TDC explica que esta reducción de costes "se transmitirá a los consumidores en forma de precios más reducidos permitiendo a los consumidores o usuarios participar de las ventajas que de ellos se derivan".
(SERVIMEDIA)
19 Mayo 2006
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