LAS EMPRESAS CON CENTROS DE TRABAJO EN VARIOS PAISES DE LA CE PODRAN CREAR COMITES DE EMPRESA EUROPEOS
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La Comisión de la CE ha prpuesto recientemente una directiva que desarrolla la Carta Social Europea en lo relativo a la constitución de comités de empresa europeos en las empresas que tengan centros de trabajo en varios países comunitarios, según informaron hoy fuentes de UGT.
El documento establece las bases para la creación de estos comités, pero permite a los trabajadores y empresarios definir este órgano y designar sus competencias mediante acuerdos. Actualmente, los sindicatos europeos estudian su composición.
Según a propuesta de directiva comunitaria, podrán contar con comité de empresa europeo aquellas que tengan una dimensión comunitaria, entendiéndose como tal las que emplean al menos a 1.000 trabajadores en la CE y cuentan con dos o más centros de trabajo en diferentes países miembros. La plantilla de cada uno de estos centros debe ser superior a 100 trabajadores.
Para constituir un comité de empresa europeo, será necesario un acuerdo entre la dirección de la empresa y un grupo especial de negociación que etará compuesto por representantes de los trabajadores.
Cada Estado miembro en el que la empresa disponga de un centro de trabajo con al menos 100 trabajadores tendrá, como mínimo, un representante en el grupo de negociación.
El objetivo de crear estos comités de empresa europeos es, según UGT, asegurar que los trabajadores de empresas que operan en varios países comunitarios sean correctamente informados y consultados a la hora de tomas decisiones.
En opinión de los responsables del sindicat socialista, "si el Acta Unica libera de fronteras a personas, mercancías y capitales, la Carta Social Europea debe extender en toda la CE las reivindicaciones sindicales y beneficiar la solidaridad entre todos los trabajadores europeos".
(SERVIMEDIA)
23 Mar 1991
NLV