EL EJECUTIVO AGUIRRE ESTABLECE LOS MÁXIMOS QUE PODRÁN COBRAR LAS DISTRIBUIDORAS DE GAS NATURAL
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Comunidad de Madrid aprobó hoy un decreto por el que se establecen las cantidades máximas que las empresas distribuidoras de gas natural canalizado podrán cobrar a aquellos usuarios que deseen darse de alta, verificar sus instalaciones o modificar las condiciones del suministro, según informó en rueda de prensa el vicepresidente primero y portavoz, Ignacio González.
Darse de alta en el servicio no podrá costar más de 63,5 euros si el consumo anual es inferior a 50.000 kWh/año, si fuera superior el límite se establece en 95 euros.
En cuanto al servicio de enganche, que es la operación de acoplar la instalación receptora de gas a la red de la empresa distribuidora, podrá ascender a 50,36 euros, mientras que el servicio de revisión y comprobación de las instalaciones está estipulado en 40,95 euros.
Todas estas medidas responden a lo establecido en el artículo 91.3 de la Ley del Sector de Hidrocarburos, que determina que las comunidades autónomas deberán regular el régimen económico de los derechos de alta, así como los demás costes derivados de servicios necesarios para atender los requerimientos de suministros de los usuarios, respecto a los distribuidores que desarrollen su actividad en su ámbito territorial.
(SERVIMEDIA)
18 Mayo 2006
L