ECONOMIA QUIERE ACABAR CON LAS COLAS EN EL INEM SUPRIMIENDO LA COLOCACION OBLIGATORIA A TRAVES DE SUS OFICINAS
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El Ministerio de Economía considera necesario suprimir la obligación legal de buscar empleo a través del INEM y permitir que los parados utilicen sus oficinas de manera voluntaria, a fin de mejorar la atención a los desempleados y acabar con las colas.
Este es el planteamiento defendido en un informe titulado "Las prestaciones por desempleo: cobertura y financiación", hecho público por la Dirección General de Previsión y Coyuntura, en el que se aborda de manera muy crítica la situación del INEM y del seguro de paro en España.
Según el informe, el coste de las prestaciones contributivas que perciben los parados crecerá 480.000 millones de pesetas en el último bienio, como consecuencia del mayor número de beneficiarios, frente a los 319.000 millonesque aumentó entre 1985 y 1989.
Esto se ha traducido en "una merma de la eficacia" en los servicios de colocación, asesoramiento y formación ocupacional del INEM y "una menor agilidad en la gestión de las prestaciones por desempleo".
"Esta situación", señala el informe, "cuyo paradigna serían las colas que implica la realización de cualquier gestión en algunas oficinas del INEM, dificulta la atención personalizada a los demandantes del empleo y el control adecuado de las actividades laborales de crácter irregular de algunos beneficiarios de las prestaciones".
REFORMA DRASTICA
A su juicio, estos problemas "no se remedian únicamente dedicando más recursos a la apertura de nuevas oficinas de empleo, a la mejora de las redes informáticas o a la contratación de personal especializado, por muy necesario que resulte la continuación de dichas actuaciones"
Es preciso también, añaden, una reforma más drástica, mediante la ruptura del principio de obligatoriedad que elimine "las servidumbres adminstrativas que se derivan de la normativa vigente".
En su opinión, "la utilización voluntaria de los servicios del INEM por parte de los trabajadores aliviaría la carga burocrática del Instituto y permitiría una relación más personalizada con los oferentes y los demandantes de empleo".
El informe propone también que, si un trabajador rechaza la prolongación de un contrato temporal ofrecida por el empresario, la cancelación de la relación laboral sea considerada como despido procedente.
A esterespecto, señala textualmente que, "en nuestro mercado laboral, la finalización de un contrato temporal de duración superior a seis meses ampara de facto la percepción de la prestación contributiva aunque el empresario estuviera dispuesto a prorrogar dicho contrato. Tal vez fuera oportuno un retoque normativo que asimilara dicha situaciones al despido procedente".
También sugiere un mayor rigor en la lucha contra el fraude en el cobro de prestaciones, negando el derecho a ellas a los parados que rechaen ofertas de colocación adecuadas.
Por otra parte, el informe considera que el aumento en 1992 de la cuota por desempleo pagada por las empresas es "una necesidad ineludible para preservar el equilibrio financiero del sistema y evitar desbordamientos en las previsiones del déficit público".
Según los datos de la Administración, la aportación del Estado a la financiación de las prestaciones por desempleo aumentará entre 1989 y 1991 en un 71 por ciento, frente a un crecimiento del 29 por cien en l aportación de las cuotas.
(SERVIMEDIA)
09 Nov 1991
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