FOTOS REY

DIVISIÓN EN LA AUDIENCIA NACIONAL A LA HORA DE DETERMINAR SI QUEMAR FOTOS DE LOS REYES ES DELITO

MADRID
SERVIMEDIA

Los magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional escenificaron hoy sus discrepancias a la hora de determinar si las personas que queman fotos de los Reyes incurren o no en un delito de injurias graves contra la Corona.

Esta división quedó patente en el Pleno celebrado esta mañana por la Sala de lo Penal para deliberar sobre el recurso presentado por los independentistas catalanes Jaume Roura y Enric Stern contra la sentencia que les condenó al pago de una multa de 2.700 euros por quemar un retrato de los Reyes.

Finalmente, el Pleno decidió ratificar la condena impuesta a Roura y Stern en una apretada votación, en la que diez magistrados votaron a favor de mantener la sanción y seis votaron en contra.

Fuentes del Pleno explicaron que los magistrados que votaron en contra de la ratificación de la condena lo hicieron porque entienden que quemar fotografías de los Reyes no es un delito, sino "una protesta amparada por el derecho a la libertad de expresión".

Además, estos seis magistrados entienden que las personas que queman retratos de los Reyes lo hacen para mostrar su rechazo a la monarquía como institución y no para atacar personalmente a don Juan Carlos, y que, por lo tanto, su actividad no puede ser considerada como una injuria.

GUEVARA

Entre los magistrados que votaron en contra de ratificar la condena se encuentra Alfonso Guevara, que había sido designado como ponente de la resolución pero que, debido a sus discrepancias con la posición mayoritaria del Pleno, fue sustituido en la ponencia por el presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermúdez.

De hecho, el magistrado Guevara anunció que emitirá un voto particular discrepante con la resolución mayoritaria del Pleno de la Sala de lo Penal.

El nombre de los demás magistrados del Pleno que votaron en contra de la ratificación de la sentencia no ha trascendido, ya que los jueces se han comprometido a no filtrar este detalle.

Con la decisión de hoy, los magistrados confirman el criterio aplicado por el Juzgado Central de lo Penal que consideró que, al quemar el retrato de los Reyes, Roura y Stern incurrieron en un delito de injurias contra la Corona y les condenó, en una sentencia dictada el pasado 10 de julio, al pago de una multa de 2.700 euros.

Roura y Stern, durante una manifestación independentista celebrada el 13 de septiembre de 2007 en Gerona con motivo de la visita de los Reyes a la ciudad, colocaron en el centro de la plaza del Ayuntamiento varias fotografías de don Juan Carlos y doña Sofía, algunas de ellas boca abajo, las rociaron con gasolina y les prendieron fuego con antorchas mientras eran jaleados por la muchedumbre.

ABSOLUCIÓN DE INDEPENDENTISTAS

La semana pasada, el titular del Juzgado Central de lo Penal, el juez José María Vázquez Honrubia, decidió absolver a los 16 independentistas catalanes que estaban acusados de un delito de injurias graves contra la Corona por haber quemado varias fotografías de los Reyes en una multitudinaria manifestación celebrada en Gerona, convocada precisamente en solidaridad con Roura y Stern.

El magistrado se vio forzado a tomar esta decisión después de que el fiscal encargado del caso, Luis Barroso, decidiera modificar su petición inicial, en la que pedía para los acusados una multa de 3.600 euros por un delito de injurias contra la Corona, aunque finalmente solicitó para los independentistas una multa de 500 euros por una falta leve de perturbación del orden público.

Ante la modificación de la petición de la Fiscalía y la constatación por parte de los testigos de que no se produjo ninguna perturbación del orden público en la manifestación, el juez Vázquez Honrubia decidió absolver a los acusados y reprendió al fiscal Barroso por su "incomprensible modificación".

Días después de esta sentencia, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, aseguró que su departamento seguirá persiguiendo penalmente las injurias contra los Reyes y puntualizó que su cambio de criterio en el juicio contra los 16 independentistas catalanes se debió a que, a la vista de los hechos y de las pruebas practicadas en el juicio, la primera acusación por un delito de injurias contra la Corona no se sostenía.

(SERVIMEDIA)
06 Nov 2008
CAA