DISCREPANCIA DE MEDIOS JURIDICOS CON JUSTICIA POR CONSIDERAR QUE LOS PERMISOS NO SON UN DERECHO DE LOS PRESOS

MADRID
SERVIMEDIA

Los permisos penitenciarios no son un derecho de los presos, sino una potestad de la Administración, que puede oncederlos o no, dependiendo de su utilidad para la reinserción del delincuente, según la reforma de la legislación penitenciaria que estudia el Ministerio de Justicia. Sin embargo, desde medios del poder judicial se estima, por el contrario, que la Administración utiliza criterios de oportunidad, cuando el derecho del preso se funda en el artículo 25 de la Constitución.

Según una información que hoy publica el diario "El País", la reforma que prepara Justicia afecta tanto a la Ley General Penitenciara de 1979 como a su reglamento, y se centra en la regulación de los permisos de salida y de la libertad condicional.

El Ministerio de Justicia persigue tres objetivos con esta reforma. El primero, que los permisos no son un derecho del recluso, una filosofía que, según fuentes de Justicia citadas por el mencionado periódico, "ya está clara en la ley actual, que dice que 'se podrán' conceder permisos, no que 'se deberán' conceder".

Fuentes judiciales insisten, por su parte, en que los permisos sonun derecho constitucional del interno si cumple los requisitos legales.

En segundo lugar, el Gobierno quiere incluir el tipo de delito cometido entre los factores que deben considerarse a la hora de decidir su excarcelación. Se trata "de elevar a rango de ley" la circular de Instituciones Penitenciaris de 1988 por la que se fijó un control específico de las solicitudes de los presos pertenecientes a bandas armadas, condenados por asesinato, violación y otros delitos con pena superior a 18 años o "espeial relevancia social".

El tercer objetivo de Justicia es que el fiscal pueda suspender mediante un recurso la decisión del juez de vigilancia de conceder el permiso hasta que un órgano judicial superior, de carácter colegiado, resuelva.

El presidente de la Audiencia Nacional, Clemente Auger, argumenta, entre otros juristas, que es imposible que el fiscal paralice una orden judicial de libertad, "aunque sea por breve plazo".

En cuanto a la libertad condicional, la reforma modificará tanto laque se obtiene por padecer una enfermedad incurable como la que se alcanza tras cumplir tres cuartas partes de la condena.

(SERVIMEDIA)
22 Feb 1993
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