Laboral

Díaz fija el 31 de diciembre de 2025 como tope para reducir la jornada a 37,5 horas y excluye ayudas a empresas

- El texto pactado con CCOO y UGT endurece las sanciones por no respetar las jornadas

- Obliga a que el registro de jornada sea digital y regula el derecho a la desconexión

MADRID
SERVIMEDIA

La propuesta de reforma del Estatuto de los Trabajadores pactada entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT establece finalmente el 31 de diciembre de 2025 para que las empresas reduzcan la jornada de sus empleados a 37,5 horas semanales, frente a una aplicación gradual defendida por el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, quien pide tener en cuenta particularidades de determinadas actividades y que se dé margen a la negociación colectiva.

De esta manera, según el borrador de anteproyecto de ley, al que ha tenido acceso Servimedia, recoge la tesis de la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien defendía que antes del último día de 2025 la reducción de la jornada sea una realidad tangible en la vida de todos los asalariados españoles.

Cabe destacar que el texto no incluye las ayudas para “acompañar” a las empresas de menor tamaño que el Ministerio de Trabajo llegó a ofrecer a la CEOE como incentivo para que se sumaran a un acuerdo tripartito. La patronal dijo ‘no’ oficialmente en noviembre tras 11 meses de reuniones, y ahora Díaz evita recoger ayudas de este tipo.

No obstante, incluso los sindicatos se muestran sabedores de que el texto puede sufrir cambios ante la compleja negociación parlamentaria que ahora se abre con las diferentes formaciones políticas, especialmente con Junts.

CONVENIOS COLECTIVOS

Más allá de las procelosas negociaciones que se abran en las próximas semanas y meses, de momento, el borrador del anteproyecto de Ley recoge, sobre los plazos para reducir la jornada, que las comisiones negociadoras de los convenios colectivos que a la entrada en vigor de esta norma contemplen una jornada superior a las 37,5 horas semanales de promedio anual dispondrán de un plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para realizar las “adaptaciones necesarias” que aseguren el cumplimiento de este nuevo techo legal.

Entre las consecuencias que tendrá esta reforma destaca que los contratos a jornada parcial que ahora se encuentren entre las 37,5 y las 40 horas se transformarán automáticamente en relaciones laborales a tiempo completo.

Quienes tengan contratos parciales por debajo de las 37,5 horas podrán seguir realizando el mismo tiempo de trabajo, pero se beneficiarán del incremento proporcional de su salario. Esto significa que al reducir la jornada ordinaria, inmediatamente un contrato que ahora es del 50% (20 horas) pasa a ser de un porcentaje superior.

En paralelo, los trabajadores con jornada reducida tendrán el derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de esta norma. El umbral máximo legal de la reducción de jornada vigente en el momento de su inicio se mantendrá hasta que finalice el derecho a la reducción de jornada, con el límite absoluto del 31 de diciembre de 2026.

Alternativamente, podrá adaptar la jornada reducida que venía realizando a la nueva jornada legal prevista, en el marco del horario que previamente disfrutaban. Esta opción se comunicará a la empresa con 15 días de antelación a la fecha de efectos de la adaptación.

REGISTRO DE JORNADA

La reforma legal también atañe al control de jornada, un objetivo de Díaz para evitar el exceso de horas extraordinarias que no se retribuyen ni compensan a empleados.

En concreto, la propuesta normativa da un plazo de seis meses desde su entrada en vigor para que el registro de jornada sea digital obligatoriamente, accesible en cualquier momento para la dirección de la empresa, los empleados y sus representantes legales, así como interoperable por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

No podrá ser manipulado por la compañía y tendrá que ser el trabajador el que fiche directamente. Asimismo, la empresa estará obligada a entregar el resumen de horas a los empleados a tiempo parcial junto con su nómina, al igual que deberá hacer con los miembros de la plantilla que hayan efectuado horas extraordinarias.

DESCONEXIÓN DIGITAL

En paralelo, el texto reconoce el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia, así como en el domicilio de la persona empleada vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas, “debiendo la empresa establecer los medios y medidas adecuadas para garantizar el ejercicio efectivo de tal derecho y la organización adecuada de la jornada de forma que sea compatible con la garantía de tiempos de descanso".

En esta línea, el borrador de anteproyecto prohíbe cualquier perjuicio que se intente imponer a un empleado si no responde a las comunicaciones de sus superiores fuera de la jornada.

Al margen de la aplicación general de esta reforma, el texto fija que, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social y previa consulta a las centrales sindicales y asociaciones empresariales más representativas, el Gobierno procederá, en el plazo de 18 meses, a la revisión de la normativa sobre jornadas especiales de trabajo para adecuar las ampliaciones y limitaciones en la ordenación y en la duración de la jornada de trabajo a la nueva jornada máxima legal.

El acuerdo con CCOO y UGT también contempla la creación de una mesa de diálogo que reunirá a sindicatos y patronal para ir analizando el funcionamiento de la rebaja de la jornada ordinaria y explorar la posibilidad de efectuar nuevas reducciones en el futuro, si bien en este caso si explicita que se tendrían en cuenta las particularidades de cada sector.

En otro orden de cosas, el texto recoge un endurecimiento de las sanciones por incumplir los límites de la jornada laboral de los trabajadores. Así, estas multas pasarán de ser colectivas para la empresa a aplicarse por cada empleado afectado. Y no solo eso, sino que también se incrementan las cuantías de las sanciones, dado que ahora están topadas en 7.500 euros y con esta reforma legal se eleva ese máximo a 10.000 euros.

(SERVIMEDIA)
20 Dic 2024
DMM/mmr