EL DIA 31 ENTRA EN VIGOR EL NUEVO ETIQUETADO DEL TABACO
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El próximo jueves, día 31, entrarán en vigor las nuevas disposiciones que regulan el etiquetado de los productos elaborados con tabaco y que afectan a los contenidos de alquitrán y nicotina, según establecen los decretos 192/1988 y510/1992.
Los cigarrillos bajos en nicotina y alquitrán deberán tener unos contenidos no superiores a 10 miligramos de alquitrán y 0,8 miligramos de nicotina.
El resto de los cigarrillos comercializados en el mercado nacional no podrán exceder de 15 miligramos de alquitrán y de 1,3 de nicotina por unidad.
Según informó hoy el Ministerio de Sanidad y Consumo, los productos preparados para su comercialización que no se ajusten al límite establecido podrán seguir comercializándose hasta el 18 d noviembre de 1993.
En cuanto a los envases, éstos deberán indicar en uno de sus laterales, ocupando como mínimo un 4 por ciento de la superficie, su contenido en alquitrán y nicotina. En las comunidades autónomas con dos lenguas oficiales el espacio será del 6 por ciento.
Todas las cajetillas deberán llevar en una de sus caras mayores la advertencia general: "Las autoridades sanitarias advierten que el tabaco perjudica seriamente la salud".
En los envases de cigarrillos, la otra cara mayor levará alguna advertencia específica relativa a la salud, de forma que quede garantizada la reproducción de la advertencia, como "fumar provoca cáncer", "fumar provoca enfermedades cardiovasculares", etc.
(SERVIMEDIA)
29 Dic 1992
EBJ