DETECTAN NUMEROSAS IRREGULARIDADES EN LAS TARJETAS COMERCIALES PARA COMPRAR EN UN ESTABLECIMIENTO O EN UNA CADENA DE TIENDAS

MADRID
SERVIMEDIA

Las tarjetas comerciales que se utilizan exclusivamente para comprar en un comercio o cadena de tiendas incumplen en su mayoría las recomendaciones elaboradas para su uso por la Unión Europea, según se desprende de una campaña de inspección del Ministerio de Sanidad y Consumo, en la que han participado nueve comunidades autónomas.

En las 46 tarjetas comerciales inspeccionadas, se han detectado un total de 355 irregularidades. 17 de estas tarjetas habían sido emitids por comercios y 29 por entidades financieras de crédito.

Las irregularidades más frecuentes que se han advertido en esta campaña de inspección son la ausencia en el contrato de tres tipos de claúsulas. En primer lugar, no se recoge la claúsula que regula la responsabilidad del emisor frente al titular, por la ejecución incorrecta de las operaciones o por operaciones no autorizadas por el titular.

Asimismo, se ha detectado la ausencia del requisito que obliga al emisor a una especial diligencia ara evitar el aumento de responsabilidad del titular, una vez que éste ha comunicado la pérdida o robo de la tarjeta; y, por último, la falta de una disposición que limite la responsabilidad del titular (hasta 150 Ecus) hasta la notificación de la pérdida, robo o falsificación de la tarjeta.

Los resultados obtenidos en la campaña, que han sido puestos en conocimiento del Banco de España, ponen de manifiesto, según el Ministerio de Sanidad y Consumo, la necesidad de atajar el grado de incumplimiento dela Recomendación Europea.

En este sentido, el ministro Romay Beccaría y los consejeros de las comunidades autónomas que tienen competencias sobre Consumo, han acordado solicitar de la Comisión Europea que ejerza su potestad de iniciativa y proponga una disposición vinculante para los emisores de estos medios de pago.

En España no existe normativa específica para las tarjetas de pago, no obstante las recomendaciones europeas invitan a los estados miembros a tomar, antes del 31 de diciembre de esteaño, las medidas necesarias para que los emisores de instrumentos electrónicos de pago, entre los que se incluyen estas tarjetas comerciales, tengan que llevar a cabo sus actividades de conformidad con la mencionada recomendación.

(SERVIMEDIA)
26 Dic 1998
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