DENIEGAN LA INDEMNIZACION A UN HOMBRE HERIDO HACE 17 AÑOS POR UN ATRACADOR DE BANCOS QUE TRATABA DE HUIR DE LA POLICIA
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El Tribunal Supremo ha negado a indemnización solicitada por un hombre que en diciembre de 1987 resultó herido por los disparos realizados por un delincuente cuando éste trataba de huir de la Guardia Civil tras atracar una sucursal bancaria en Villena (Alicante).
El demandante exigía una indemnización por considerar que la reacción del delincuente durante la persecución obedeció a una actuación policial "temeraria, imprudente, improvisada y técnicamente deficiente".
F.T.M. se vio involucrado mientras circulaba con su coche po la ciudad alicantina, en la persecución que llevaba a cabo la Guardia Civil para atrapar a un delincuente que acababa de robar una entidad bancaria. En medio de la refriega, el demandante recibió uno de los disparos efectuados por el atracador para tratar de escapar de la policía.
La sentencia del Alto Tribunal confirma la dictada en primera instancia por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en septiembre de 1.998 que denegó el recurso presentado por F.T.M. contra la desetimación por silencio administrativo de la solicitud de indemnización de daños y perjuicios contra el Ministerio del Interior.
La sentencia del Supremo ratifica los argumentos de la dictada por la Audiencia Nacional para defender que la actuación de la policía fue la adecuada a lo que recoge la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
"No hay base para sostener que la actuación de la Guardia Civil hubiera sido temeraria, imprudente, improvisada y técnicamente deficiente por cuanto la presecia policial hubiere embravecido a los delincuentes , señala la sentencia.
(SERVIMEDIA)
29 Nov 2003
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