Según el Defensor del Pueblo ----------------------------
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El Canal de Isabel II está obligado a garantizar el suministro de agua con la presión suficiente para todas las plantas de los edificios construídos en Madrid con anterioridad al mes de abril de 1976, según afirma en su informe anual el Defensor del Pueblo, que opina que no es aplicableesos inmuebles la orden de 1975 que fija la exigencia de poseer un grupo de sobreelevación de agua a partir de la segunda planta de los inmuebles.
Esta consideración de la institución que dirige Alvaro Gil-Robles tuvo su origen en la queja de una vecina del distrito de Chamberí, que denunció la falta de presión del agua que suministra a su vivienda y a otras de esa zona la compañía.
Tras admitir a trámite la queja, la Oficina del Defensor del Pueblo solicitó información sobre ese asunto al Canal que respondió que según establece el artículo 7 de su Reglamento para el Servicio y Distribución de las Aguas, la presión del suministro quedará sujeta a las variaciones técnicas de la red, siendo responsabilidad del usuario ajustarla a sus necesidades.
La compañía añadió que desde el mes de mayo de 1989, la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, en aplicación de una orden de diciembre de 1975, exige la instalación de grupos de sobreelevación de agua para las viviedas situadas por encima de la segunda planta, que es hasta donde el Canal debe garantizar la presión.
Sin embargo, a juicio del Defensor del Pueblo dichas normativas son aplicables, salvo situaciones excepcionales, a las edificaciones construídas con posterioridad a la entrada en vigor de la orden, en abril de 1976, por lo que no afecta a un gran número de inmuebles madrileños realizados con anterioridad.
Esta institución requirió entonces a la Dirección General de Industria, órgano competente paa fijar el nivel hasta el que el Canal debe suministrar la presión, que explicase las razones técnicas que justifican que ésta se garantice sólo hasta la segunda planta de los edificios, 25 metros, petición que no fue contestada, según el informe.
Asimismo, el Defensor del Pueblo formuló una sugerencia a los responsables de ese organismo autonómico diciéndoles que modificaran la normativa para que el Canal asegure que el agua llega con presión a todas las plantas de los edificios construídos antes de u entrada en vigor, lo que no fue aceptado por la Comunidad de Madrid.
(SERVIMEDIA)
28 Abr 1992
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