LOS CUATRO IMPLICADOS EN EL "EXORCISMO DEL ALBAICIN", CONDENADOS POR LESIONES E IMPRUDENCIA Y EXCULPADOS DE HOMICIDIO
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La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a 3 de los 4 implicados en el caso del "exorcismo del Albaicín" a 5 años de cárcel por lesioes e imprudencia temeraria en la persona de Encarnación Guardia, que resultó muerta tras la sesión espiritista celebrada hace 2 años en el popular barrio granadino.
La cuarta implicada ha sido condenada a 2 años y medio por los mismos cargos, sin que el tribunal haya contemplado las peticiones por homicidio del ministerio fiscal para ninguno de los 4 procesados.
La sentencia, hecha pública hoy, declara culpables de los mencionados delitos a Mariano Vallejo, alias "el pastelero del Zaidín"; las hemanas Isabel y Enriqueta Lozano, a quienes impone una pena de dos años de prisión menor por el primer delito y tres años por el segundo, y a Josefa Fajardo Guardia, "Pepi", condenada a dos años y medio de prisión por los mismos delitos.
Todos los acusados, que tendrán que indemnizar con 4 millones de pesetas a los dos hijos de la fallecida, podrían abandonar la prisión de Granada en los próximos meses, mientras que es inminente la excarcelación de "Pepi", al haber cumplido casi en su totalidad y en prsión preventiva el periodo de condena.
Una quinta procesada, que no participó directamente en la sesión pseudoexorcista, María Alonso Vaca, madre de Isabel y Enriqueta, ha sido absuelta.
En los fundamentos de derecho se justifica la atenuante de enfermedad mental de los acusados afirmando que "la situación causó una considerable ofuscación y turbación en su estado de ánimo".
El caso más matizado es el de "Pepi", ya que, "dada su formación y rasgos de su personalidad -neurosis infantil- e incrporación tardía a la sesión, hicieron que el choque emocional fuera en ella de indudable intensidad y consecuencias más profundas que en el resto de los procesados".
El texto, cuyo ponente ha sido el presidente de la audiencia, Fernando Tapia, descarta el delito de homicidio, porque "no hubo ánimo de matar, a pesar del considerable número de horas que transcurrieron y las diferentes manipulaciones a las que fue sometida la víctima".
La Sala Primera de la Audiencia de Granada sí reconoce el delit de lesiones, ya que los acusados "golpearon a la víctima, se subieron sobre ella presionándole violentamente con rodillas y pies en la zona abdominal y llevaron a cabo prácticas de extracción, tanto por vía vaginal como anal".
Se reconoce, asimismo, un delito de imprudencia temeraria con resultado de muerte, "como resultado de la ingesta masiva de agua y otros brevajes con una gran concentración salina que con prodigalidad le fueron suministrados y que causaron la muerte, que ya se presentaba previsile".
LOS HECHOS
Según la sentencia, el 30 de enero de 1990 los hoy condenados decidieron "ayudar" a Encarnación Guardia a "expulsar el feto de Satanás que había engendrado en Francia, no sin vacilar, al entender que el procedimiento para lograrlo era duro y peligroso".
Con este propósito, Mariano, Isabel y Enriqueta comenzaron el suministro de brevajes a Encarnación a media noche y permanecieron desarrollando el ritual hasta las 8 de la mañana siguiente. A esa hora llamaron a "Pepi", para quien según la víctima, iba destinado el engendro de Lucifer.
Las manipulaciones, ceremonias y pócimas continuaron realizándose hasta la tarde del día 31. Hacia las 16 horas, la hermana de Encarnación contempló el estado en que se encontraba y forzó su traslado al hospital, donde la mujer falleció el 1 de febrero de 1990.
El parte médico confirmó "coma hiperosmolar, consecuencia de una ingesta masiva de sal; lesiones muy graves en la vejiga, gran desgarro perineal con rotura de todo el esfinter extern del ano y otras lesiones de menor consideración, aunque muy numerosas".
La procesada ahora absuelta, María Alonso Vaca, permaneció en su casa, en la calle San Luis, del Albaicín, durante los hechos sin hacer nada por impedirlos, según los testimonios de los condenados en la vista oral.
(SERVIMEDIA)
20 Mar 1992
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