CORTAR PELO DE CABEZA Y AXILAS PARA CONFIRMAR USO DE DROGA VULNERA EL DERECHO A LA INTIMIDAD, SEGUN EL CONSTITUCIONAL

MADRID
SERVIMEDIA

Cortar pelo de la cabeza o delas axilas para analizarlo y confirmar el uso esporádico de droga o la adicción vulnera los derechos constitucionales a la intimidad y a la integridad física, según una sentencia del Tribunal Constitucional conocida hoy.

El fallo anula una resolución del Juzgado de Instrucción Número 1 de Roquetas de Mar (Almería), de fecha 9 de febrero de 1996, que ordenaba cortarle al imputado muestras de cabello de diferentes partes de la cabeza y todo el vello de las axilas. El objetivo era determinar posible consmo de cocaína y otras sustancias estupefacientes, si era adicto y desde cuando.

El Alto Tribunal anula en su integridad la prueba y con ello se alinea claramente con las tesis de la defensa. Esta, en recurso de amparo interpuesto ante el Constitucional el 28 de abril de 1996 solicitaba en primera instancia la anulación finalmente concedida, pero dejaba abierta la puerta a una solución intermedia al proponer "subsidiariamente" que el dictámen se limitase a confirmar qué drogas había consumido y el tiemo de supuesto consumo.

En la vista pública, que tuvo lugar el pasado 10 de diciembre, la defensa expuso que la resolución del Juzgado de Instrucción Número 1 de Roquetas de Mar vulneraba los derechos a la intimidad corporal y personal del imputado, así como a su integridad física.

El fiscal del Constitucional, por su parte, coincidía con esa tesis, pero solicitaba estimar sólo la petición subsidiaria de la defensa, concretando el período de tiempo de supuesto consumo y determinando el tóxico a qu se refiera el análisis.

(SERVIMEDIA)
19 Dic 1996
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