LOS CONSUMIDORES TENDRAN DERECHO A INDEMNIZACION POR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS GARANTIAS POST-VENTA
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El Ministerio de Sanidad y Consumo ultima un decreto que establece el derecho del consumidor a una indemnización por daños y perjuicios cuando el vendedor o suministrador de un bien o servcio incumpla las garantías post-venta.
De acuerdo con el texto del decreto de garantías post-venta, al que tuvo acceso Servimedia, la indemnización será un derecho añadido al derecho a obtener la devolución equitativa del precio pagado por el bien o servicio objeto de la reclamación.
Entre los artículos a los que será de aplicación esta normativa figuran los aparatos eléctricos; los automóviles y motocicletas, así como sus piezas de recambio y accesorios; los juguetes; y los productos de recreo ydeportes.
También estarán protegidos por la norma los instrumentos y material de óptica, fotografía, relojería, música, cuchillería, cubertería, muebles, artículos de menaje, accesorios y enseres domésticos.
El proyecto prevé que los consumidores tendrán derecho a la comprobación del producto, a la reclamación en caso de error y a la devolución del precio con indemnización de daños y perjuicios cuando haya incumplimiento del vendedor. El plazo de las garantías en los bienes de consumo duradero seá de un mínimo de seis meses.
Otra novedad del decreto consiste en que los precios de los repuestos empleados por los servicios de asistencia técnica en las reparaciones no podrán superar los que tienen para su venta al público, o bien las tarifas establecidas por los servicios oficiales de marca.
CLARIDAD Y SEGURIDAD
Este proyecto de decreto se ha elaborado en colaboración con las siete asociaciones de consumidores y usuarios de ámbito nacional, y sometido a consulta con las organizaciones empesariales.
Con este decreto, la Administración pretende dar mayor claridad y seguridad a las relaciones post-venta, uno de los aspectos que más reclamaciones ha provocado ante las asociaciones de consumidores.
Una de estas reclamaciones dio lugar a una multa de 170 millones de pesetas que el Tribunal de Defensa de la Competencia impuso el 4 de mayo de 1990 a la Asociación Nacional de Electrodomésticos de Línea Blanca (Anfel) y diez de sus empresas asociadas.
En la resolución, el tribunal conideró probado que estas empresas (Balay, Cointra, Corberó, Domar, Fabrelec, Mayc, Safel, Segad, Ulgar e Ibelsa) incurrieron en prácticas restrictivas de la competencia, al acordar la aplicación de un mes de garantía en todo sus productos de línea blanca.
(SERVIMEDIA)
25 Abr 1991
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