EL CONSTITUCIONAL SUSPENDE LA EJECUCION DE LA PENA DE CARCEL PARA PEDRO J. RAMIREZ Y JOSE LUIS GUTIERREZ

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Segunda del Tribunal Constituciona ha acordado suspender temporalmente la ejecución de las penas de un mes y un día de cárcel e inhabilitación profesional impuestas por el Tribunal Supremo a Pedro J. Ramírez, José Luis Gutiérrez y otros periodistas que trabajaban en "Diario 16" como autores de un delito de injurias cometido en 1984.

La suspensión de la condena se mantendrá hasta que el Tribunal Constitucional resuelva el recurso de amparo interpuesto por los periodistas contra el fallo del Tribunal Supremo, que, a su juicio, vulneró s derecho a difundir información, la presunción de inocencia, el principo de igualdad ante la ley y el derecho a la libertad de expresión e información.

La sala distingue en su resolución entre las condenas que, en caso de que el recurso de amparo no sea estimado, "permitan devolver las cosas al ser y estado en que se encontraban", como es el supuesto de una indemnización, de aquellas otras que restringen valores del recurrente "no sustituibles ni compensables", como son las de privación de libertad. Por ello, considera conveniente postergar su aplicación al cumplimiento efectivo de las condenas, "a fin de evitar que esa restricción de valores se materialice sin posibilidad de restitución posterior en la plena integridad de los derechos, para el caso de que el recurso fuere estimado".

Por el contrario, el tribunal deniega la suspensión de la condena en lo relativo al abono a los demandantes de las multas e indemnizaciones de entre 30.000 y 100.000 pesetas, así como de las costas del proceso judcial.

Los recurrentes habían solicitado la suspensión de la ejecución de la sentencia dada la gravedad y el carácter irreparable de los daños que produciría el cumplimiento de las penas de cárcel y la de inhabilitación para el ejercicio de la profesión periodística.

(SERVIMEDIA)
22 Feb 1994
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