MADRID

EL CONSTITUCIONAL RECHAZA ANULAR LA SENTENCIA QUE CONDENO A PEROTE POR REVELACION DE SECRETOS

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha rechazado anular la sentencia por la que el ex coronel Juan Alberto Perote fue condenado a siete años de prisión por revelación de secretos o informaciones relativas a la seguridad nacional.

La sentencia, dictada por el Juzgado Togado Militar número 1, fue recurrido primero ante el Tribunal Supremo y más tarde ante el Constitucional, que confirmaron el fallo.

Así, Juan Alberto Perote acudió al Tribunal de Derechos Humanos de Estraburgo (TEDH), alegando que su causa no había sido examinada por un tribunal independiente e imparcial.

Perote alegó que dos de los jueces que le condenaron (el presidente de la Sala del Tribunal Militar y el ponente de la sentencia) participaron tanto en la resolución que confirmó el auto de procesamiento contra él como en la que prorrogó su prisión preventiva, decisiones ambas previas al juicio.

El TEDH estimó la lesión del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos por falta de imparcialidad objetiva del tribunal de primera instancia.

No obstante, rechazó que fuese indemnizado económicamente por daños material y moral. "La constatación de violación que figura en la presente sentencia proporciona, por sí misma, una justa satisfacción suficiente por todo perjuicio moral en las circunstancias del litigio", dijo el tribunal europeo.

Con el fallo del TEDH, Perote acudió al Tribunal Supremo y presentó un incidente excepcional de nulidad de actuaciones, pero el Alto Tribunal lo desestimó.

EL PAPEL DEL TEDH

"La concesión de la nulidad pretendida representaría reconocer al Tribunal Europeo de Derechos Humanos el carácter de tribunal de casación supranacional, que no le atribuye el mismo convenio, porque supondría ejecutar directamente su sentencia sólo por su propia eficacia ejecutiva, cuando no hay vía de derecho interno para anular las resoluciones firmes españolas a que la sentencia del TEDH afecta", dijo el Supremo.

Ante la respuesta del Supremo, Perote acudió al Tribunal Constitucional y presentó un recurso de amparo, solicitando la anulación del auto de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo que denegó su pretensión de anular la sentencia que le condenó a siete años de prisión.

La sentencia del Tribunal Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Pascual Sala Sánchez, señala que Perote tuvo "puntual" conocimiento de la exacta composición de la sala y, por tanto, "disfrutó de la ocasión de plantear, en debido tiempo y forma, la recusación en la vía judicial previa".

Además, el Constitucional recuerda que el TEDH dictó unasentencia "exclusivamente" limitada a constatar la lesión del derecho a un juez objetivamente imparcial en el tribunal autor de la sentencia.

En este sentido, agrega el Constitucional, el TEDH no dijo en su fallo que "dicha resolución estuviera necesariamente mal fundada", ya que no pudo establecer "una relación de causalidad entre la vulneración del derecho fundamental constatada y la condena impuesta". De ahí que el Tribunal de Estrasburgo denegara la indemnización exigida por Perote.

Por último, el Tribunal Constitucional asegura que, tras un "atento" examen del auto cuya nulidad pretende el demandante, llega a la conclusión de que se trata de una resolución "que respeta nuestra jurisprudencia sobre el grado de motivación exigible a las resoluciones judiciales", puesto que no es arbitraria.

Por lo tanto, entiende que la respuesta que obtuvo Perote del Tribunal Supremo no es "manifiestamente irrazonable" porque dicho auto no está incurso "en un error patente".

(SERVIMEDIA)
29 Dic 2005
VBR