EL CONSTITUCIONAL PROHIBE AUMENTAR LA TARIFA DEL IRPF POR DECRETO AL FALLAR CONTRA LA SUBIDA DE 1992
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El Tribunal Constitucional ha declarado contrario a la Carta Magna la subida de la tarifa del IRPF que aprobó por decreto ley el Gobierno socialista mediado el ejercicio de 1992 dando marcha atrás a una rebaja aprobada en el Parlamento para reducir del 56 al 53 por ciento el tipo máximo del Impuesto dela Renta.
La resolución del Tribunal Constitucional, hecha pública hoy, resuelve favorablemente este aspecto de un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Partido Popular, aunque rechaza otros, como el dirigido contra la decisión del Gobierno socialista de entonces de hacer que las empresas asumieran el pago de las prestaciones de incapacidad laboral transitoria entre el cuarto y el decimoquinto día de baja.
Sobre el cambio en las tarifas del IRPF, el tribunal considera que eso es algoque no puede hacerse por decreto ley porque el artículo 86.1 de la Constitución prohibe recurrir a normas de ese rango que afecten a la carga tributaria soportada por los ciudadanos.
El ministro de Economía socialista de la época, Carlos Solchaga, decidió cambiar la tarifa del IRPF ya entrado el ejercicio de 1992 al comprobar que en el primer semestre de ese año se había acelerado el déficit público.
(SERVIMEDIA)
29 Oct 1997
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