CONSTITUCIONAL. MUJERES JURISTAS CONSIDERA QUE LA SALA DE LO CIVIL DEL SUPREMO NO TIENE COMPETENCIAS PARA APELAR AL REY

- Aseguran que la sentencia del Constitucional que declara padre a un hombre que se negó a someterse a la prueba de patrnidad "está ajustada a derecho"

MADRID
SERVIMEDIA

La Asociación de Mujeres Juristas "Themis" considera que la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo "no tiene competencias, por sí sola, para acudir a Su Majestad". Esta sala ha anunciado que elevará al Rey una queja ante una sentencia del Constitucional que anula otra del Supremo y declara padre a un hombre que se había negado a someterse a la prueba de paternidad.

La vicepresidenta de la asociación, María Luisa Casals, declaróServimedia que la competencia para apelar a don Juan Carlos recae en este caso sobre el presidente del Tribunal Supremo y no sobre la Sala Primera de lo Civil.

No obstante, María Luisa Casals recordó que el artículo 56 de la Constitución señala que el Rey arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones.

Los magistrados de la Sala Primera de lo Civil del Supremo consideran que el Tribunal Constitucional "ha invadido su función jurisdiccional".

Sin embargo, María Casals indicóque a juicio de la Asociación de Mujeres Juristas "Themis" la sentencia del Constitucional que otorga la paternidad al piloto que se negó a que le realizarán la prueba biológica "está ajustada a derecho".

La vicepresidenta de la asociación dijo que están "totalmente de acuerdo" con el contenido de la sentencia del Constitucional, según la cual pruebas como la biológica resultan en este tipo de casos idóneas y casi insustituibles.

(SERVIMEDIA)
04 Feb 1994
GJA