EL CONSTITUCIONAL DICE QUE BATASUNA TENIA UN "COMPROMISO CON EL TERROR" QUE JUSTIFICA SU ILEGALIZACION

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional considera que Batasuna tenía un "compromiso con el terror y contra la convivencia organizada en unEstado democcrático" que justifica la ilegalización que acordó en marzo el Tribunal Supremo a petición de la Fiscalía y de la Abogacía General del Estado.

Según este tribunal, una "pluralidad de actos y conductas, graves y reiterados" justifican la ilegalización, y añade que la negativa de la formación "abertzale" a condenar los atentados de ETA "se une a comunicados ambiguos y de compromiso sobre la base de una equidistancia entre el Estado y el terror", en la que se equipara al poder público con unabanda criminal.

Estas afirmaciones constan en dos resoluciones de la Sala Segunda del Constitucional dadas a conocer hoy, en las que son rechazados los argumentos que esgrimían Batasuna y Herri Batasuna para pedir que se anulase el pronunciamiento que los situó fuera de la legalidad.

En sendas resoluciones de 124 páginas, en el caso de Batasuna, y de 17, en el caso de Herri Batasuna, los seis magistrados desestiman los argumentos que estas formaciones daban respecto a que se habían vulnerado sus erechos a un juez imparcial, a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia o a la libertad ideológica.

DECISION JUSTIFICADA

En concreto, el Constitucional sostiene, en concreto en la resolución referida a Batasuna, que el que este partido no diferenciase entre la legítima "fuerza del Estado" y una banda terrorista supone un intento de que "la responsabilidad de ésta quede disminuida o desplazada".

Este "compromiso con el terror" que tenía la formación que lideraba Arnaldo Otegi hae, según el tribunal, que sea una "consecuencia legítima" el privar de la condición de partido político a esta organización política.

Asimismo, los jueces entienden que, habida cuenta de los argumentos aportados por la defensa de los partidos ilegalizados, la sentencia de ilegalización dictada por el Supremo "no ofrece visos de irrazonabilidad o error patente", sin que tampoco se haya registrado "infracción de derechos fundamentales sustantivos", como los de asociación política, libertad ideológica o ibertad de expresión.

A este respecto, la Sala Segunda añade que los argumentos de Batasuna y Herri Batasuna ponen de manifiesto o "una concepción equivocada y constitucionalmente inaceptable de las libertades que oncoca" o "una omisión del contexto en el que las concretas actividades que se imputan a Batasuna son valoradas contrarias a la Constitución".

INTENCIONES CLARAS

En este sentido, la sentencia sobre Batasuna hace referencia a que ha sido la propia defensa de este partido político la qu ha dado a entender que los objetivos del mismo son contrarios a la legalidad, ya que llega a afirmar que la Ley de Partidos Políticos impide las "ideologías asociadas con el terrorismo y la violencia" o el dar "soporte político e ideológico" a la acción de bandas terroristas.

"La claridad de los términos en los que se expresa el recurrente", dice a este respecto el Constitucional, "excusa la necesidad de mayor glosa. Como queda inequívocamente proclamado, lo que pretende que se considere tutelable po el contenido constitucional es la 'asociación con el terrorismo y la violencia' y el 'ofrecer un soporte político e ideológico a la acción de organizaciones terroristas'".

Los magistrados añaden que no se pide sólo que se permita la "neutra coincidencia de fines políticos" con una banda terrorista, "sino en términos mucho más precisos, 'de ideologías asociadas con el terrorismo y la violencia'".

La Sala Segunda concluye que algo similar sucede con la libertad de expresión, ya que para el Constitcional la "continua cobertura política e ideológica al terrorismo" ni las "conductas intimidatorias" están amparadas por el derecho a decir lo que uno quiera.

(SERVIMEDIA)
20 Ene 2004
NBC