EL CONSTITUCIONAL DA LA RAZÓN A ARAGÓN EN SU RECLAMACIÓN AL ESTADO SOBRE LA GESTIÓN DE LAS ITV
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El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de Aragón en septiembre de 2000 en relación con el Real Decreto-Ley 7/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes en el sector de las telecomunicaciones, por el que da la razón a la administración regional frente a la estatal sobre la gestión de las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
El Ejecutivo autónomo había recurrido este Real Decreto-Ley al entender que vulneraba competencias de la comunidad autónoma, ya que imponía un determinado sistema de gestión de las ITV por autorización sobre otras alternativas como las concesiones.
La sentencia del Tribunal Constitucional que ahora ve la luz, y de la que hoy informó el Gobierno que preside Marcelino Iglesias, indica que "el artículo 7.2 del Real Decreto-Ley vulnera las competencias autonómicas en materia de Industria al imponer la autorización administrativa como título habilitante para que los particulares puedan participar en la prestación del servicio de ITV".
La sentencia señala que son las comunidades autónomas quienes deciden cómo gestionar la prestación del servicio de ITV, aunque sea el Estado quien fije los aspectos técnicos que deben analizarse en los vehículos.
Aragón tiene 4,33 estaciones de ITV por cada 100.000 vehículos. En España la relación es de 2,76 estaciones por cada 100.000 vehículos.
(SERVIMEDIA)
29 Dic 2005
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