Vivienda
El Constitucional anuló la protección permanente de la vivienda protegida por ser competencia autonómica
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El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la parte de la Ley de Vivienda que establecía que las viviendas protegidas se someterían a un régimen de protección “permanente” que evitaría su descalificación y su entrada en el mercado libre pasado un plazo de tiempo.
Así lo dio a conocer el subdirector general de Política y Ayudas a la Vivienda del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, Anselmo Menéndez, durante la XXV Jornada Anual del Club Inmobiliario de Esade Alumni bajo el título ‘Ley de Vivienda un año después: avances y retos’.
El pasado mes de mayo, el Tribunal Constitucional avaló el grueso de la Ley por el Derecho a la Vivienda aprobada por el Gobierno el año pasado, pero rechazó la constitucionalidad de dos artículos y una disposición transitoria de la norma, según reconoció el Ejecutivo.
Ahora, el Ministerio de Vivienda detalla que el Estado no puede establecer la protección permanente de la vivienda protegida construida. “Queda claro que es una competencia autonómica”, dijo Menéndez durante la jornada.
No obstante, advirtió que, además de las comunidades autónomas, el Estado podría establecer esta protección permanente en aquellas actuaciones incluidas en los Planes estatales de vivienda, en los que los fondos provienden del Estado.
El máximo tribunal resolvió el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Andalucía. Quedan pendientes los recursos de los gobiernos de Madrid, Baleares, País Vasco, Cataluña, Galicia, Baleares, el Parlamento de Cataluña y el Grupo Popular en el Congreso.
(SERVIMEDIA)
19 Jun 2024
JMS/gja