(Avance)GAROÑA

EL CONSTITUCIONAL ANULA UNA SENTENCIA QUE IMPUSO UNA PENA MAYOR A LA SOLICITADA POR LA ACUSACIÓN

- Por un delito de hurto

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno de Tribunal Constitucional ha anulado sendas sentencias que condenaban a una mujer a ocho días de localización permanente por una falta de hurto.

El Alto Tribunal señala que los órganos judiciales "apartándose de la petición de la acusación", impusieron una pena que, por su distinta naturaleza y gravedad, excede de la solicitada por el Ministerio Fiscal, según señalaron desde el Constitucional.

Los magistrados entienden que dicha sanción alteró "sustancialmente" los términos del debate procesal, "resultando limitadas las facultades de defensa de la acusada, al desconocer que los hechos que se le imputaban podían ser sancionados con la pena a la que finalmente fue condenada".

La sentencia anulada condenó a Dolores Vallejo Marchal como autora de una falta de hurto a la pena de doce días de localización permanente, que habría de cumplir en su domicilio.

La sentencia fue recurrida y la Audiencia Provincial de Madrid revocó parcialmente el fallo y redujo de doce a ocho días de localización permanente.

La recurrente de amparo entiende que pese a que el fiscal pidió una condena de 45 días de multa a razón de seis euros diarios, lo cierto es que al final la Audiencia de Madrid le impuso una condena de distinta naturaleza como es la localización permanente.

La sentencia del Tribunal Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Conde, concluye que, tal y como sostiene la recurrente, se ha lesionado su derecho a la tutela judicial efectiva ya que cuando se le aplicó dicho artículo fue condenada a una pena de mayor gravedad como es la localización permanente y distinta a la que pidió el fiscal, la única parte acusadora en este proceso.

(SERVIMEDIA)
06 Jul 2009
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