EL CONSTITUCIONAL ANULA LA CONDENA A HORMACHEA Y ORDENA REPETIR EL JUICIO
- Se basa en la "descalificación" que le dirigió uno de los magistrados que le juzgó
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El Tribunal Constitucional ha decidido anular la sentencia que dictó el Tribunal Superior de Cantabria, luego confirmada por el Supremo, que condenaba a Juan Hormaechea, ex presidente de Cantabria, a seis años de prisió y catorce de inhabilitación por los delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación.
En una sentencia a la que tuvo acceso Servimedia, el Tribunal estima el recurso que Hormaechea y uno de sus consejeros, Roberto Bedoya, presentaron, y sostiene que se vulneró el derecho de ambos a ser juzgados por un "tribunal imparcial".
El Constitucional establece que debe repetirse el juicio, para que éste "se lleve a cabo por un tribunal que sea competente, integrado por magistrados cuya imparcilidad no se encuentre comprometida en tal proceso penal".
La razón principal esgrimida para anular la sentencia del Tribunal de Cantabria, de 1994, son unas declaraciones de uno de los magistrados que la dictó, Claudio Movilla.
En estas manifestaciones, Movilla criticaba la "catadura moral" de Hormaechea y calificaba de "vergonzosas", "penosas y miserables" unas declararaciones de éste, en las que cuestionaba la imparcialidad de los magistrados por su supuesta ideología de izquierdas.
"SOSPECHA DE IMPARCIALIDAD
Para el Constitucional, aunque cabe deducir que estas manifestaciones se hicieron para defender el prestigio del tribunal, tenían una "carga emocional" y un "sentido descalificador" impropios de una autoridad pública.
Asimismo, el Alto Tribunal estima que aunque estas palabras del magistrado Movilla respondieran a otras de Hormaechea, "tales circustancias no justifican la reacción del juez recusado".
"La global descalificación del acusado", explica el Constitucional, "expreada pocos días antes de su enjuiciamiento, no situó al tribunal en las mejores condiciones para garantizar que su veredicto final gozara de la confianza del público y, mucho menos, del acusado".
En este sentido, añade que "la queja del recurrente se funda en una sospecha objetivamente justificada", y que la protección de la confianza en los tribunales y el "derecho del acusado a gozar de un juicio justo", hacen necesario anular la sentencia.
La condena de Hormaechea que ahora ha sido anulada se iició con una querella que contra él presentaron en diciembre de 1990 las formaciones políticas Partido Regionalista de Cantabria, Centro Democrático Social y Partido Socialista Obrero Español.
Estos partidos acusaban al ex presidente cántabro de los delitos de malversación y prevaricación, en un sumario que fue instruido por los magistrados Claudio Movilla, Mario García-Oliva y César Tolosa.
Hasta la sentencia dictada en octubre de 1994, Hormaechea acusó en repetidas veces a estos jueces de faltade imparcialidad, en especial a Movilla y a García-Oliva.
El ex presidente de Gobierno cántabro acusó a la mujer de Movilla de haber obtenido un puesto de forma irregular en la Administración y a García-Oliva de haber sido del PSOE. Estos argumentos fueron rechazados por el Supremo en julio de 1995, pero han sido aceptados en parte por el Constitucional.
(SERVIMEDIA)
01 Oct 1999
NBC