EL CONSTITUCIONAL ADMITE A TRAMITE EL RECURSO DEL PSOE CONTRA LA LEY DE ACOMPAÑAMIENTO
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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por 89 diputados del Grupo Socialista contra la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medida Fiscales, Administrativas y de Orden Social, más conocida como Ley de Acompañamiento de los Presupuestos.
El Constitucional ha dado traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, por conducto de sus presidentes, y al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, al objeto de que en el plazo de 15 días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.
El Grupo Parlamentario Socialista presentó el pasado 31 de marzo ant el Tribunal Constitucional su anunciado recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de 1999.
El recurso se dirige tanto contra la ley en sí misma como contra sus contenidos concretos, según señala el texto entregado al Constitucional. Los socialistas utilizan tres vías para alegar la inconstitucionalidad.
Por la primera, impugnan la ley como ordenamiento complementario del entramado jurídico del Estado. Según el PSOE, esta ley se ha ido configurando no com una ley complementaria de los Presupuestos Generales del Estado, sino como una ley complementaria de todo el ordenamiento jurídico del Estado, ya que "modifica o afecta a casi 90 normas de rango legal".
En este aspecto, el PSOE resalta que el origen de muchas de esas modificaciones son enmiendas presentadas por el Grupo Popular en el Senado, de forma que por esa vía se ha cercenado el derecho de los grupos parlamentarios que no forman parte de la mayoría a discutir e incluso a enmendar algunos aspects importantes que se tramitaron a través de esas enmiendas.
TRIBUTOS
En segundo lugar, impugnan la ley como complementaria de los Presupuestos Generales del Estado por su confrontación a distintos preceptos constitucionales.
En este capítulo, resaltan que determinados preceptos de la Ley de Acompañamiento son inconstitucionales por cuanto modifican tributos sin la existencia de una previa ley tributaria sustantiva que así lo prevea, o no tienen nada que ver con ningún Presupuesto o no guardan nnguna relación con el Presupuestos específico del año 99.
El texto presentado ante el TC cita como impugnados, entre otros aspectos, la mayoría de las modificaciones referidas a figuras impositivas como el Impuesto de Sociedades y el IVA; las modificaciones de las leyes de Haciendas Locales, General Presupuestaria, Tributaria y de la Seguridad Social; la alteración del régimen jurídico aplicable a la empresas Bazán y Santa Bárbara; la modificación de la ley de Sector Eléctrico; la creación y regulació de las Fundaciones Públicas Sanitarias, y la prórroga de las bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social.
El escrito también destaca como impugnadas "todas aquellas previsiones que no guardan ninguna relación con las necesidades de ejecución o aplicación" de los Presupuestos del Estado para 1999, como la leyes de Sociedades Anónimas, de Arrendamientos Urbanos, del Deporte, de Telecomunicaciones y la Ley de Televisión Privada.
INCONSTITUCIONALES PER SE
En tercer lugar, los socialistas consieran que algunos preceptos de la ley son insconstitucionales "con independencia de que los mismos estén incluidos en dicha ley o lo hubiesen sido en otra distinta".
En este capítulo, consideran inconstitucional el reconocimiento como "derecho" de los costes de transición a la competencia de las empresas eléctricas (la modificación de la disposición transitoria sexta de la ley del Sector Eléctrico de 1997).
(SERVIMEDIA)
03 Mayo 1999
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