Tribunales

El Constitucional admite el recurso del Gobierno contra la tramitación en el Senado de la supresión del Impuesto de Sucesiones

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámmite este martes el recurso del Gobierno contra la proposición de ley que el PP ha presentado en el Senado por la que se pretende derogar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En concreto, el TC admite un conflicto entre órganos constitucionales promovido por el Gobierno de la nación frente al Senado, en relación con el Acuerdo de la Mesa de la cámara de 21 de noviembre de 2023, por el que se toma en consideración y se inicia el trámite de la proposición de ley por la que se deroga el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en contra del criterio del Gobierno.

El Ejecutivo de Pedro Sánchez sostiene que el acuerdo de la Mesa del Senado podría suponer una vulneración de los artículos 134.6 de la Constitución y 151 del Reglamento del Senado, en relación con el ejercicio de la facultad de veto presupuestario.

El Ejecutivo argumenta que esta propuesta va en contra del artículo 136.6 de la Constitución que estipula que “toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación”.

El PP dio a conocer el pasado mes de diciembre esta propuesta para eliminar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en todas las comunidades autónomas del país. Muchas de las regiones lo tienen bonificado entre un 99% y un 100%. Se mantiene en Castilla-La Mancha, Navarra, Asturias y Cataluña.

La eliminación total del Impuesto de Sucesiones, cedido a las comunidades autónomas, obligaría al Estado a compensarlas por el dinero que dejan de recaudar, según indica la proposición de ley recurrida por el Gobierno. Según las estimaciones del propio Ejecutivo, por este impuesto se recaudan alrededor de 2.800 millones de euros, que según el PP supone el 1% de la recaudación fiscal.

COMUNIDAD DE MADRID

Además, el Pleno admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo Parlamentario Socialista contra la Ley de medidas para la simplificación y mejora de la eficacia de instituciones y organismos de la Comunidad de Madrid. Los recurrentes han impugnado la citada norma y subsidiariamente varios de sus artículos que a su juicio podrían vulnerar los artículos 1.1, 9.3, 20.3 y 23.2 de la Constitución.

Por otro lado, el Pleno del Tribunal Constitucional también admitió el recurso de inconstitucionalidad promovido por el PP contra el real decreto por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.

En su recurso, los diputados sostienen que el citado real decreto-ley podría ser contrario al artículo 86.1 de la Constitución por no concurrir el presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad y por exceder los límites materiales. Asimismo, también alegan que podría vulnerar, entre otros, los artículos 120.2, 24.2, 150.2 y 149.1.18 de la Carta Magna.

Asimismo, el Pleno del TC también deliberó sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo contra el artículo 67.3 de la Ley por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El Pleno acuerda oír al fiscal general del Estado para que alegue lo que considere conveniente acerca de la admisibilidad de la presente cuestión de inconstitucionalidad en relación con el cumplimiento de los requisitos procesales.

(SERVIMEDIA)
23 Abr 2024
SGR/clc