EL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR PROPONE A INDUSTRIA CUATRO SANCIONES GRAVES Y DOS LEVES POR EL CASO ASCÓ
- La multa máxima sería de 22,5 millones
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El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) acordó hoy proponer al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la apertura de un expediente sancionador a la central nuclear de Ascó tras la detección de partículas radiactivas de la central nuclear de Ascó I, en noviembre de 2007, que incluye cuatro propuestas de sanción graves y dos leves.
Según explicaron a Servimedia fuentes del CSN, será el Ministerio quien cuantifique lo que podrá suponer la multa a la central nuclear, que gestiona Endesa, aunque como máximo ésta podría alcanzar los 22,5 millones de euros. La cuantía mínima será de nueve millones de euros.
Esta multa, indicaron desde el Consejo, es 14 veces mayor a la multa más alta que se ha impuesto por un caso similar, que fue en la central de Vandellós 2.
La decisión del CSN se fundamentan en que, "aunque no ha existido daño a la población ni al medio ambiente y la estimación en términos de riesgo es remota y de carácter leve, se han producido fallos significativos en el control y el suministro".
Las sanciones graves tienen una multa en su grado medio desde 1.500.001 euros hasta 4.500.000 euros y en su grado máximo desde 4.500.001 hasta 9.000.000 de euros. Por su parte, las leves, con multa, en su grado mínimo es de 15.000 euros.
La sanción grave en grado máximo es por la emisión radiactiva con potencial de superación del límite anual de dosis para miembros del público en el interior del doble vallado de la central.
Mientras, una de las sanciones graves en grado medio es por el incumplimiento del Manual de Protección Radiológica, al no establecer el control de contaminación externa del personal una vez descubierta la contaminación del emplazamiento, y por no clasificar, señalizar y delimitar radiológicamente las zonas de libre acceso de la central.
Las otras sanciones graves de grado medio responden al incumplimiento de la Instrucción del Consejo IS-10, sobre notificación de sucesos de centrales nucleares en operación, por no notificar los hallazgos de partículas desde el 14 de marzo y por el incumplimiento del Manual de Protección Radiológica, al no dejar constancia en los registros de vigilancia de la contaminación encontrada en zonas de libre acceso.
Por su parte, una de las sanciones leves en grado mínimo son por no haberse emitido el correspondiente informe de suceso notificable ante la demanda de actuación de los monitores TR-2605 y TR-2606 del edificio de combustible de la central nuclear de Ascó I el 26 de noviembre de 2007.
La otra, es por no adoptar las medidas necesarias para minimizar la probabilidad de exposiciones potenciales el 21 de abril de 2008 al permitir la salida del emplazamiento de un camión de chatarra que contenía partículas radiactivas. Asímismo, se produjo también un incumplimiento de la reglamentación sobre transporte de mercancías peligrosas.
(SERVIMEDIA)
18 Ago 2008
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