EL CONSEJO DE MINISTROS REGULA LOS ARRESTOS DE FIN DE SEMANA Y LAS PENAS DE TRABAJO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD

MADRID
SERVIMEDIA

l Consejo de Ministros en funciones aprobó hoy un decreto de desarrollo del nuevo Código Penal, que regula los arrestos de fin de semana y las penas de trabajo en beneficio de la comunidad como sustitutivo, en condiciones determinadas, de la cárcel.

De acuerdo con ese decreto, los jueces y tribunales podrán sustituir las penas de prisión que no excedan de un año por arrestos de fin de semana o multa, bajo determinadas circunstancias y siempre que no se trate de reos habituales.

Con carácter excepional, el Código prevé la sustitución de las penas de prisión que no excedan de dos años a los reos no habituales. Asimismo, cabe también que los jueces y tribunales, previa conformidad del reo, sustituyan las penas de arresto de fin de semana por multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

El arresto de fin de semana se cumplirá en el centro penitenciario o depósito municipal más próximo al domicilio del condenado, intentando no perjudicar las actividades familiares, formativas o laborales del pendo.

Por su parte, el trabajo en beneficio de la comunidad consiste en la prestación personal no retribuida en entidades públicas o privadas, tendente a servir de reparación a la comunidad perjudicada, y no podrá imponerse sin consentimiento del penado.

El trabajo será facilitado por la administración penitenciaria y, excepcionalmente, propuesto por el penado y aceptado por el tribunal correspondiente.

(SERVIMEDIA)
26 Abr 1996
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