CONSEJO DE MINISTROS. EL PLAZO PARA ALEGACIONES EN MULTAS DE TRAFICO SERA DE QUINCE DIAS
- Reforma del Código Civil para incluir la responsabilidad de los promotores de obra
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El nuevo Reglamento sancionador de Tráfico aprobado hoy por el Consejo de Ministros prevé que las legaciones contra multas de Tráfico sean recurridas en un plazo máximo de quince días y que todo el procedimiento sancionador no dure más de seis meses. Transcurridos 30 días a partir del sexto mes, caduca el procedimiento contra el infractor.
Este nuevo Reglamento sancionador de Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial consta de 21 artículos que viene a derogar los artículos 276 al 289 de antíguo Código de la circulación.
Por otro lado, Consejo de Ministros remitió hoy a las Cotes un proyecto de ley de reforma del Código Civil sobre contratos de servicio y de obra, de forma que sólo se considera arrendable una cosa no una obra o un servicio, como venía haciendose hasta ahora.
Para ello se establecen dos nuevas modalidades: contrato de servicios y contrato de obra. Una obra pasa a ser la "construcción, reparación o transformación de una cosa, así como la obtención de cualquier otro resultado convenido por las partes".
Además, se introducen garantías de cobro para el conratista y el subcontratista, como preferencia en el cobro de créditos o la facultad de suspender la obra durante su ejecución si prevé que quien se la encargo, por disminución de solvencia o comportamiento, no podrá pagar la factura.
Por último, con la nueva regulación se incorpora a la cadena de responsabilidad civil del llamado promotor de obra(inmobiliaria o de otro tipo), que hasta ahora no estaba contemplado en el Código Civil.
(SERVIMEDIA)
25 Feb 1994
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