EL CONSEJO DE MINISTROS APRUEBA UNA MODIFICACION DE LAS NORMAS DE LUCHA CONTRA LA PESTE EQUINA

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó en su reunin de hoy, el Real Decreto que modifica las normas de lucha contra la peste equina y establece las condiciones de sanidad animal que regulan los movimientos intracomunitarios de équidos y las importaciones de esos animales procedentes de países terceros.

Esa disposición supone la transposición de las Directivas comunitarias 90/426/CEE y 92//36/CEE que fija las condiciones para el movimiento de estos animales y las importanciones de países terceros.

Además, el silencio epizoótico que se prolonga dede hace más de una año gracias a las acciones de lucha desarrolladas en nuestro país contra la peste equina, hace necesario cambiar algunos aspectos del Real Decreto 1604/89 que establecía las normas para la erradicación y control de esa enfermedad.

Así, quedan modificadas en parte la normas que regulan el movimiento de équidos en función de la situación epizootiológica con todas las garantías sanitarias y minimizando al máximo el riesgo de extender la enfermedad al territorio libre de peste equina.PESTE PORCINA

El Consejo de Ministros aprobó también un Real Decreto por el que modifica el Real Decreto 425/1985, de 20 de marzo, que fija el programa coordinado para la erradicación de la peste porcina africana.

La evolución favorable de la lucha contra esa enfermedad ha permitido que la CE declare al territorio español indemne de peste porcina africana en la Decisión 89/21, excepto algunas zonas de las provincias de Salamanca, Cáceres, Badajoz, Huelva, Córdoba, Sevilla y Cádiz.

En la zonaindemne no se ha observado ningún tipo de incidencia clínica en los últimos cinco años, lo que hace posible modificar el sistema de control serológico.

De esa manera, no serán necesarios los exámenes serológicos en reproductores que se vienen realizando en las explotaciones de origen de las zonas indemnes, donde los sustituirán por chequeos en matadero.

(SERVIMEDIA)
06 Nov 1992
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