EL CONSEJO DE MINISTROS APRUEBA LA LEY DEL SEGURO
- Establece la obligatoria externalizacion de los fondos de pensiones, con la excepción de la banca, los seguros y las casas de bolsa
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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el proyecto de ley sobre Supervisión del los Seguros Privados, que incorpora a nuestra legislación las disposiones comunitarias en esta materia, y desarrolla algunas cuestiones referentes a los Planes y Fondos de Pensiones.
Esteproyecto de ley, que deberá ser discutido a partir de ahora en el Congreso de los Diputados, supone la aceptación de la denominada "licencia única", que entraña que cualquier entidad española autorizada para operar en nuestro país podrá hacerlo en cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
Asimismo, establece los requisitos para el acceso a la actividad aseguradora, así como para el desarrollo y control de esa actividad, y las sanciones.
La Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradors, que ha jugado un importante papel en el saneamiento del sector en los últimos años, recibe un espaldarazo como órgano especializado y se le dota de un regimen legal estable.
Con el nuevo proyecto de Ley de Seguros, desaparecerá la obligatoria adscripción a las mutualidades de Previsión Social, aunque se establece un período transitorio de 8 años en los que las cantidades abonadas a estas entidades serán deducibles en el Impuesto.
El cliente de las aseguradoras podrá reclamar el pago del interé legal incrementado en el 50 por cien cuando el asegurador retrase el pago de indemnizaciones por siniestros.
EXTERNALIZAR LOS FONDOS DE PENSIONES
El nuevo proyecto de ley modifica la legislación sobre Planes y Fondos de Pensiones, en especial, con la obligatoriedad de externalizar en tres años, es decir, sacar del balance de la compañía los recursos de los fondos de pensiones, aunque exceptúa a las entidades de crédito, compañías aseguradoras y agencias de valores. Al mismo tiempo, las aseguradorasperderán su capacidad de gestionar fondos de pensiones.
Además, se remite a las sucesivas leyes de presupuestos la posibilidad de ampliar los límites de las aportaciones deducibles a los fondos de pensiones.
Se crean los "planes de pensiones especiales", que tendrán una mayor liquidez y que tratan de constituirse en un producto alternativo de captación de ahorro.
El proyecto de Ley de Supervisión de los Seguros Privados afectará a los corredores y agentes de seguros, en la medida que obligalas compañías a que en la factura figure por separado la comisión que aquellos cobran sobre la póliza. Esta condición ha sido fuertemente contestada por dicho colectivo profesional, que considera que están siendo discriminados en este punto respecto a otro tipo de productos financieros en cuya factura no aparece por separado la comisión del intermediario.
BAREMO DE INDEMNIZACIONES
Finalmente, se crea el denominado "baremo" de pagos por siniestros en accidentes de circulación. Este nuevo sistema de aloración de los daños causados a las personas en estos accidentes era una demanda reiterada del sector.
Al cuantificarse los daños, las compañías de seguros pueden prever el coste que tendrán las indemnizaciones en estos casos, ya que, según venían manifestando, se había llegado a una situación en la que dicha cuantificación quedaba en muchos casos en manos de los jueces, lo que había producido un progresivo aumento de los importes de las indemnizaciones.
(SERVIMEDIA)
13 Ene 1995
JCV