EL CONSEJO DE MINISTROS APROBO UN PROYECTO DE LEY PARA ADAPTAR LAS ENTIDADES DE CREDITO A LA NORMATIVA COMUNITARIA
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un proyecto de ley para adaptar la legislación española a la II Directiva de Coordinación Bancaria de la CEE. Este proyecto ya fue aprobado en diciembre del 92 e inició este año su tramitación parlamentaria, pero decayó como consecuenia de la disolución de Las Cortes el pasado mes de abril.
En este proyecto de ley se regula el llamado "pasaporte comunitario" en virtud del cual una entidad de crédito, autorizada en cualquier Estado de la Comunidad, puede abrir sucursales e incluso operar directamente sin sucursal en el resto de la Comunidad, como si se tratara de un solo Estado.
La aplicación de este nuevo sistema requerirá una estrecha colaboración entre las autoridades de supervisión bancaria de los distintos Estados miembro.
El proyecto de ley refuerza la supervisión por parte del Banco de España sobre la idoneidad y solvencia que deben reunir los accionistas importantes.
El Banco de España recibirá información previa a la adquisición de participaciones significativas por personas físicas o jurídicas en una entidad de crédito sobre los incrementos de dichas participaciones, de forma que su porcentaje en el capital o derecho de voto alcance o sobrepase determinados niveles y sobre adquisiciones que puedan suponer elcontrol de la entidad de crédito.
Por otra parte, incorpora algunos cambios que pretenden aclarar ciertos aspectos de nuestra legislación bancaria, especialmente en lo que se refiere a la autorización de nuevas entidades, retirada de la licencia y consagración de la libertad de expansión a favor de las entidades que no incurran en algún déficit de recursos propios.
SECRETO PROFESIONAL
Además, la transposición de la II Directiva Bancaria ha obligado a reforzar el deber de secreto profesional, cuo ámbito objetivo viene determinado por la atribución del carácter de reservados a cuantos datos, documentos e informes obren en poder del Banco de España, y cuyo ámbito subjetivo se extiende a las personas que desempeñen o hayan desempeñado una actividad para el Banco de España y hayan tenido conocimiento de datos de carácter reservado.
La nueva regulación contiene también ciertas medidas para incrementar la competitividad de algunas instituciones financieras. Entre ellas, las mejoras que se introducn en la regulación del "capital-riesgo", en la operatoria de las empresas de "leasing", ambas encaminadas a favorecer a las PYMES.
El proyecto actualiza el régimen sancionador previsto en la Ley del Mercado de Valores, tipificando de forma más adecuada las infracciones y contemplando la posibilidad de sancionar a los administradores de las sociedades que operan en los mercados bursátiles.
Asimismo, establece un régimen sancionador más adecuado, con rango legal, tanto para los corredores de comerco como para las sociedades de tasación y entidades de crédito que dispongan los servicios propios de tasación.
(SERVIMEDIA)
27 Ago 1993
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